El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones da a conocer la obligación legal que está en la normativa de la Ley Nacional de Tránsito.

La misma determina la obligatoriedad que para todo tramite que sea de orden Civil, Penal u otro, antes de emitir Resoluciones se debe consultar al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito. Su no consulta, además de aparejar una omisión en términos de los elementos para la atribución de 1a. responsabilidad tanto Civil como Penal puede conllevar la nulidad ante cualquier objeción sobre la omisión.

 

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