El día 14 de Octubre del año en curso, siendo las 11:30 hs., el Sr. Ministro del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, Dr. Froilán Zarza, junto los sres. Ministros del Alto Cuerpo, Dres. Jorge Antonio Rojas y Humberto Augusto Schiavoni recibió la visita de la Sra. Vicegobernadora Dra. Sandra Daniela Giménez, de la Sra. Directora Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines de Adoptivos, Lic. María Federica Otero, de los Sres. Ministros de Derechos Humanos y de Bienestar Social, Dr. Edmundo Soria Vieta y Joaquín Losada, del Sr. Diputado Provincial, Joaquín Sanchez, de la Jueza de Familia Dra. Liliana Bertolotti, del Sr. Subsecretario de Seguridad y Justicia, Dr. Julio César Lenzken y de la Sra. Secretaria de Tratamiento Jurídico, Documental y Estadísticas, Dra, María Elena Quelas.

El principal propósito de la reunión desarrollada, versó respecto de los lineamientos establecidos por la Ley Nacional Nº 25.854 en la que se invita a las provincias y a la ciudad autónoma de Buenos Aires a adherirse a la misma, con el fin de coordinar acciones tendientes, unificar criterios y evitar la duplicidad de inscripciones de postulantes a guarda con fines adoptivos a través de una Red Nacional de Registro de postulantes a la adopción.

En nuestra provincia, la Cámara de Representantes aprobó, el pasado año, mediante la sanción de la Ley Nº 4524 la modificación de los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 3495 por la cual se establecía la Creación del Registro Único de Aspirantes a la Adopción. La modificación realizada a los artículos antes mencionados refiere a los requisitos a cumplir para acceder al mismo.

Por otra parte, en la Ley Nº 4523, sancionada en igual tiempo que la antes citada, se encuentra estipulado el marco regulatorio respecto de los procesos de adopción, declaración del estado de adaptabilidad, las medidas de protección integral, la manifestación judicial de entrega para la adopción, el trámite de guarda, los casos de excepción y la restitución de los menores.

La provincia de Misiones es una de las 14 provincias que aún no se han adherido a la Red Nacional de Registro de Postulantes a la adopción, por ello, desde el Ministerio de Derechos Humanos de la Nación, a través de la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos, a cargo de la Lic María Federica Otero, se intenta informar respecto del funcionamiento de esta nueva implementación para lograr una cooperación ínter jurisdiccional a fin de proporcionar al niño una familia acorde a sus necesidades y terminar así con las guardas puestas.

En su exposición, la Lic. Otero, hizo referencia a la Creación e implementación de la mencionada Red y explicó que lo que se pretende es que cada uno de los Registros provinciales continúen trabajando de manera individual a la misma, pero en el supuesto de no cumplidas las condiciones de los postulantes a la adopción, se elevará el caso a la red.

Respecto de la incorporación de las provincias al nuevo sistema, la Lic. explicó que como primera medida se requiere la adhesión de las mismas a la red, lo que se realiza a través de la firma de un convenio. Una vez firmado el mismo se procederá al ingreso de los datos del Registro adherido al sistema informático, al cual el registro podrá acceder mediante una clave de acceso por ellos otorgada.

La ley provincial Nº 4523, que refiere a la declaración del estado de adoptabilidad, establece que para proceder a la entrega de un menor en guarda con fines de adopción, debe declararse previamente su estado de adoptabilidad, el cual es declarado por el juez competente, de oficio o a instancia del Defensor de Menores. Estatuye además, que de forma periódica, el Registro Único de Aspirantes a la Adopción debe remitir al juez de familia el listado de los pretensos adoptantes, los que deberán manifestarlo judicialmente mediante presentación con patrocinio del defensor de Menores ante el juez con competencia en el fuero de familia.

La red de mención, que funcionará como una herramienta práctica y de utilidad, tiene como objetivo, reunir a todas las provincias adheridas, de forma que, los listados de postulantes inscriptos, puedan ser válidos tanto a nivel provincial como también en el ámbito nacional, posibilitando al juez interviniente convocar a las provincias adheridas a fin de suplir la falta de postulantes de esa provincia en un caso concreto.

En la ocasión y una vez concluida la exposición, los representantes de los tres poderes reunidos, concordaron llevar adelante una mirada integradora y continuar en el camino con un mismo objetivo integrador.