En Acordada Nº 239/2014 y atento a lo dispuesto por la Ley IV – Nº 62, articulo 86 – Funcionamiento de la “Secretaria de Ejecución Tributaria del Juzgado Civil y Comercial Nº7 de Posadas”, los Sres. Ministros del Alto Cuerpo ACORDARON: 

Disponer que a partir del día 2 de febrero de 2015 la Secretaria de Ejecución Tributaria radicada en el Juzgado Civil y Comercial Nº1, pase a funcionar bajo la esfera de actuación del Juzgado Civil y Comercial nº7, ambas dependencias de esta ciudad de Posadas.

Dicha Secretaría tramitara los Juicios cuya competencia le asignan las leyes en vigencia que se iniciaren desde la fecha de su puesta en funcionamiento; debiéndose proseguir la tramitación de las causas ya iniciadas sobre estos temas hasta su finalización, en el Juzgado en que se hallen radicadas.

Para mayor informacion, se adjunta Acordada Nº239/2014 en formato PDF 

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