REQUISITOS:INSCRIPCIÓN EN LA MATRICULA DE PROCURADORES
PRESIDENTE: Dra ROSANNA PIA VENCHIARUTTI SARTORI.-
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA –Av. Sta Catalina Nº 1735-4º Piso-Pdas -Mnes.-
TEL.: 376-4446700- int. 1036-1231- Notaria Maria Belén VEGA SPONTON.-
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Tasa de Fondo de Justicia por el valor de $5.663,42 (Pesos Cinco Mil Seiscientos Sesenta y Tres con Cuarenta y Dos Centavos).- (Conforme Ac. N.º 37/2021.-) - a efectivizar el mismo al momento de la presentación del trámite mediante VEP.-
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Título Habilitante –fotocopia certificada por Notario Público Nacional con el sello del Colegio de Abogados en el reverso.-
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D.N.I. –fotocopia certificada por Notario Público Nacional.-
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Garantía Real: Deposito Bancario* por $113.268,42 (Pesos Ciento Trece Mil Doscientos Sesenta y Ocho con Cuarenta y Dos Centavos) (al momento de la presentación del trámite mediante VEP) o Garantía Personal: ofreciendo la fianza de otro profesional del foro de la Provincia que no haya dado 2 (dos) garantías con anterioridad.-(Conforme Ac. N.º 37/2021).-
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Certificado de antecedentes expedido por la Jefatura de la Policía de Mnes.- (expedido dentro del mes de presentación del tramite).-
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Certificado de Antecedentes Penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia - Ministerio de Justicia de la Nación.- (expedido dentro del mes de presentación del tramite).-
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Nota de solicitud de Inscripción en la Matrícula, con todos los datos personales: domicilio real y legal, teléfonos, correo electrónico, lugar de nacimiento, etc, con firma y aclaración, indicando además Fórmula de Juramento.- Si se optare por la garantía personal, denunciar el nombre completo del garante, con todos los datos personales, Nº de matrículas, teléfonos, etc., debiendo firmar la nota juntamente con el solicitante, en prueba de conformidad.-
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Declaración Jurada Personal –en la misma nota de solicitud- de encontrarse en pleno goce de los derechos civiles y no estar inhibido–art. 3º de la Ley Nº 10.996.-
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Dos (2) fotos (4 x 4) tipo carnet.-
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Legislacion aplicable:
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* Art. 230 al 233 - Reglamento para el Poder Judicial de la Provincia de Misiones.-
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* Ley 10.996 Reglamentando el ejercicio de la procuración en los tribunales nacionales..-
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* Art. 152 Ley IV Nº 15.-
