El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones, informa que el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Misiones deja sin efectos las disposiciones registrales Nº 19/02, 40/03 y 079/04 y determina que en caso de que el monto de la operación se encuentre efectuado en moneda extranjera, a los efectos del cobro de la Tasa  de Registro de la Propiedad Inmueble, convertir el monto expresado a moneda nacional teniendo en miras la cotización de la fecha que se produjo el hecho imponible, es decir la fecha en la que se presenta el instrumento para su registración.

Posadas, 11 de diciembre 2019.-

 

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