En la ciudad de Posadas, Capital de la Provincia de Misiones a los veinticuatro días del mes  de noviembre de dos mil quince, se reúnen en el Salón de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, en el Edificio de Tribunales, sito en Avda. Santa Catalina 1735 de esta ciudad, S.S. la Sra. Presidente, Dra. Ramona Beatriz Velázquez, Ss. Ss. los Sres. Ministros. Pasando a considerar el expediente administrativo “Eleva Proyecto de Acordada de Creación del Registro de Firma Digital para Abogados Matriculados en el Colegio de Abogados”  Atento lo  peticionado por  el Señor Ministro Dr. Sergio César Santiago a los fines de analizar el proyecto de extensión de la implementación y uso obligatorio del Sistema de Gestión de Expedientes Digitales (SIGED) y de la Firma Digital;  teniendo presente el desarrollo alcanzado por dicha plataforma en el Fuero Laboral de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones que, a la fecha, se ha implementado en todos los juzgados e instancias que lo componen y la política asumida por este Alto Cuerpo en aras a la concreción del Expediente Digital corresponde fijar la obligatoriedad del uso del sistema por todos los operadores para luego establecer etapas concretas de ejecución: a) En la primera coexistirán los expedientes en formato papel y en formato digital y b) en la segunda se adoptará con exclusividad la gestión y trámite de todas las causas judiciales del fuero en formato digital (expediente digital). En consecuencia atento lo dispuesto por Ley IV Nº 55 (Art. 24), así como Ley XIII Nº 2 (Art. 30) y la Acordada 144/2014 y facultades Constitucionales, Legales y Reglamentarias vigentes propias del Cuerpo,

ACORDARON: PRIMERO: Hacer extensiva la obligatoriedad de uso del Sistema de Gestión de Expedientes Digitales (SIGED) a todas las instancias del fuero laboral de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia a partir del 1ro. de diciembre del cte. y, en la medida de su gradual implementación, en las demás dependencias de ese fuero de las restantes circunscripciones, en los términos y con los alcances de la Acordada Nº 144/2014 y en lo que aquí se disponga sobre el particular. SEGUNDO: DISPONER la  obligatoriedad del uso del Sistema de Gestión de Expedientes Digitales (SIGED) por parte de los abogados que litiguen en el Fuero Laboral de la Primera Circunscripción Judicial a partir del 1 de Diciembre del 2015 para la presentación de escritos y toda otra documental a ser anexada a expedientes gestionados en estos juzgados, conforme al alcance de la Acordada de mención. TERCERO: DISPONER dos etapas a los efectos de la implementación del expediente digital: a) La primera etapa comprenderá el período entre el 1ro de diciembre de 2015 y el 31 de marzo de 2016, durante el cual coexistirán el expediente soporte papel con el expediente digital en los términos de la reglamentación vigente. b) La segunda etapa tendrá inicio el 1ro. de abril de 2016 para todos los procesos iniciados a partir de esta fecha, siendo exclusivamente el único medio de gestión para estas causas el formato digital (expediente digital), para la Primera Circunscripción Judicial y se extenderá en la medida en que el SIGED se implemente en las demás circunscripciones. CUARTO: DISPONER la obligatoriedad del uso de la firma digital por parte de los abogados del foro local que litiguen en el fuero laboral de la Primera Circunscripción Judicial, a partir del 1ro. de abril de 2016, para la tramitación de las causas en el SIGED. QUINTO: ESTABLECER dos opciones válidas para la incorporación de documentos al SIGED para causas existentes y para aquellas que se inicien en este periodo, durante la primer etapa a la cual se refiere el artículo tercero, comprendida entre el 01 de diciembre de 2015 hasta el 31 de marzo de 2016. Opción 1  Documental Firmada digitalmente: El abogado colegiado que posea Certificado de Firma Digital expedido por la ONTI a través del Registro de Abogados con Firma Digital (RAFDI), podrá confeccionar la presentación  dentro de la plataforma digital, realizar la carga y sorteo de la demanda o escanear el documento, digitalizándolo (Documento digitalizado) para luego firmarlo digitalmente a los fines de su presentación e incorporación al expediente. Opción 2 - Documental Sin firma digital: El profesional que durante la primer etapa aún no haya obtenido el Certificado de Firma Digital, deberá incorporar la documental debidamente digitalizada a la plataforma del SIGED, y deberá emitir la constancia en papel que arroja el sistema con su respectivo código de barra, una vez generado el o los documentos a presentar. Con dicho código y la totalidad de los documentos a presentar, el profesional deberá acercarse a la mesa de entradas del juzgado o tribunal que corresponda para que se proceda a su confronte y así pueda emitirse el cargo respectivo. SEXTO: DISPONER, en uso de las facultades conferidas por el art. 24 de la Ley IV - Nº 55 a este Superior Tribunal de Justicia y en aras a la gradual implementación del expediente electrónico, del  documento electrónico, de la firma electrónica y  de la firma digital en todos los procesos judiciales, que la custodia y guarda de los documentos incorporados al SIGED queda a cargo de las partes o sus letrados, quienes, deberán indicar con precisión el lugar donde se encuentran resguardadas, a la vez que deberán estar disponibles cuando el Juez o Tribunal así lo disponga. SÉPTIMO: ENCOMENDAR al Centro de Capacitación y Gestión Judicial “Dr. Mario Dei Castelli” y a la Secretaría Técnica Informática la generación de instructivos de uso, capacitación y/o  asistencia a los usuarios que interactúen con la mencionada herramienta informática conforme a lo establecido en la presente norma, debiendo además contar con referentes de las distintas áreas que componen la Secretaría Técnica con disponibilidad vespertina para atender potenciales necesidades. OCTAVO: REQUERIR a la Secretaría Técnica Informática informes pormenorizados sobre el funcionamiento del sistema Siged, adhesión al uso de la tecnología de firma digital por parte de los abogados y toda otra información que pueda resultar de interés del Alto Cuerpo, con frecuencia semanal durante el periodo comprendido entre el 1º de Diciembre del corriente año al 31 de Marzo de 2016.- NOVENO: SOLICITAR a la Secretaría Técnica Informática la elaboración de un documento que constituya las bases y condiciones que deberán reunir los organismos, instituciones y/o empresas especializadas en Auditoría Externa de Sistemas e Infraestructura Tecnológica, Seguridad de la Información e Innovación en TICs, a efectos de cumplir con el objetivo de convocar a aquellas que reúnan las máximas calificaciones y referencias en la materia, con el objeto de promover la mejora continua y calidad de los sistemas informáticos e infraestructura tecnológica del Poder Judicial de la Provincia de Misiones. DÉCIMO: ENCOMENDAR  a la Secretaría Técnica Informática a que conjuntamente con el Centro de Capacitación y Gestión elabore un plan de acción basado en las normas ISO 9001 y/o ISO 27000 para acompañar la gradual implementación del Sistema de Gestión de Expedientes Digitales, autorizando a los intervinientes a establecer contactos con los organismos pertinentes a efectos de elaborar la propuesta, cronograma y estimación de costos que será sometida a consideración del Alto Cuerpo. DÉCIMO PRIMERO: Solicitar al Colegio de Abogados de la Provincia de Misiones, que a través de su Centro de Integración Digital (CID-CAM) creado en Agosto del corriente año, designe referentes colegiados en las localidades de Puerto Rico, Jardín América, Leandro N. Alem y Posadas a efectos de brindar apoyo y colaboración en la transición físico-digital del expediente judicial. DÉCIMO SEGUNDO: Instar al Sr. Administrador General del Poder Judicial C.P. Luis Eduardo Álvarez a reservar recursos económicos del presupuesto general del Poder Judicial del ejercicio 2016, a efectos de dar cumplimiento a lo instruido en los artículos Noveno y Décimo de la presente Acordada.

 

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