Por Acordada Nº 156/19 los Señores Ministros del Alto Cuerpo ACORDARON: PRIMERO: Modificar el ARTÍCULO PRIMERO de la Acordada Nº 144/14 el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO:

I) Obligatoriedad: a) DISPÓNESE el uso del Sistema de Gestión de Expedientes Digital Judicial (SIGED) en todos los Juzgados y Ministerios Público, pertenecientes al Fuero Penal, de Familia, Civiles y Comerciales y de Paz del Poder Judicial de la Provincia de Misiones, a partir del día 06 de octubre de 2014. b) La obligatoriedad comprende la aplicación del Sistema de Gestión de Expedientes Digital Judicial (SIGED) en toda actuación vinculada con la tramitación de las causas. c) A partir de la puesta en marcha en las dependencias judiciales, deberán registrar en el Sistema de Gestión de Expedientes Digital Judicial (SIGED) todos los datos y actividades surgidas de los procesos judiciales durante la tramitación de las causas. En ese orden, DISPÓNESE también la obligatoriedad de la registración para todos los Fueros Judiciales de todos los datos consignables en ítem “Estados Procesales” del Sistema, a partir del día 17 de octubre de 2019. d) Periódicamente se podrá disponer la implementación de nuevas funcionalidades, las cuales adquirirán el mismo carácter obligatorio que la correspondiente al sistema original. e) El Sistema de Gestión de Expedientes Digital Judicial (SIGED) será el único medio informático admitido en la gestión de las causas judiciales, el intercambio de información con la Policía de Misiones, la Dirección de Violencia de Género de la Policía, el Registro de las Personas y toda otra Dependencia y/o repartición que a futuro se incorpore al mencionado sistema. f) DISPÓNESE del uso con carácter obligatorio de la firma digital por parte de la totalidad de los Magistrados y Funcionarios habilitados por la autoridad de aplicación, la que deberá insertarse en la totalidad de los documentos digitales cargados al sistema, sean internos o externos, y se traten de providencias simples, resoluciones y/o sentencias, los que asimismo y de corresponder deberán ser publicados a despacho, a partir del día 17 de octubre de 2019 considerándose falta grave su incumplimiento.SEGUNDO: La presente Acordada, como complementaria de la Acordada Nº 144/14, entrará en vigencia el día 17 de octubre de 2019. TERCERO...

 

 

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