Las autoridades del Cuerpo Médico Forense (CMF), establecen por resolución Nº 08/2020 que, a partir de la fecha los trámites administrativos de licencias médicas se deberán presentar mediante la casilla de correo habilitada a tal fin:
En caso de contar con documental médica de respaldo (certificado, estudios) que acrediten su estado de enfermedad, deberán ser remitidas al mismo correo electrónico.
A su vez, el tramite no habilita el otorgamiento espontaneo de la licencia, el que quedará supeditado a la valoración del CFM.
No será función del CMF realizar constataciones domiciliarias de estado de enfermedad bajo ninguna situación, salvo requerimiento de los Jefes de Dependencia, Jueces y Ministros la que se realizará bajo estrictas normas de bioseguridad del equipo debidamente habilitado a tal fin, entendiéndose que este recurso será de extrema necesidad, insalvable y emergente.
A continuación adjuntamos ficha médica
{backbutton}