Considerando lo establecido Acordada Nº 32/2020 dictada en Acuerdo Extraordinario Nº 7/2020 que dispuso, la suspensión de plazos procesales próximos a vencer; que durante el mencionado período se ha trabajado en diversas alternativas a fin de organizar el funcionamiento y continuar garantizando la prestación del servicio de justicia bajo los lineamientos determinados por este Alto Cuerpo, que conllevan a disponer las medidas convenientes y necesarias para el cuidado de la salud de los habitantes en general y de los integrantes de este Poder del Estado, y seguir adecuando el funcionamiento de este organismo conforme con el aislamiento social preventivo y obligatorio ordenado en el marco de la pandemia del coronavirus COVID-19. ESuperior Tribunal de Justicia informa que, por acordada N 36 de fecha 17 de abril de 2020, resuelve:

  

PRIMERO: DISPONER la prórroga de la suspensión de plazos procesales desde el día 18 de abril de 2020 y hasta el 26 de abril de 2020, inclusive, estableciendo que las actividades judiciales se llevarán a cabo conforme lo normado en la Acordada N° 32/2020 de fecha 11 de abril de 2020; y que el turno vespertino dispuesto en la misma, quedará supeditado a evaluaciones que en el transcurso de los días venideros se llevarán a cabo. En consecuencia, se hace saber a los agentes del Poder Judicial que deberán continuar cumpliendo el aislamiento social preventivo y obligatorio hasta tanto el Jefe de Dependencia, previa justificación de necesidad, los convoque a prestar tareas en sus respectivas oficinas emitiéndole para ello la pertinente autorización para circular. Aquellos que no fueran convocados, deberán continuar prestando servicios a distancia sirviéndose de los medios digitales que se encuentran a su disposición. En atención al dinamismo del contexto reinante, se recomienda a Magistrados, Funcionarios y Agentes del Poder Judicial que consulten periódicamente sus cuentas de correo oficiales. 

 

{backbutton}