REQUISITOS FIANZA DE ESCRIBANOS

A LOS FINES DE LA TOMA DE POSESION DE UN REGISTRO -TITULAR O ADSCRIPTO- ART. 12 DE LA LEY I-Nº118 (ANTES ART. 12 DE LA LEY Nº 3743).-

 

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-Avda. Santa Catalina Nº1735-4º Piso

PRESIDENTE:DRA. ROSANNA PIA VENCHIARUTTI SARTORI

TEL.:376-4446700-interno 1036/1231Not. María Belén Vega Sponton

  • Estampillas del Colegio de Abogados por $1100 (Pesos Mil Cien).
  • Fotocopia del Título Universistario y DNI certificado por Escribano Publico.
  • Fotocopia del Decreto del Poder Ejecutivo de designación del registro respectivo.
  • Nota: a la Sra. Presidente del S.T.J. con todos los datos personales: domicilio real y legal, Nº de documento, teléfono, correo electrónico etc., con firma y sello aclaratorio.
  • Ofrecer garantía real Estampillas del Colegio de Abogados por $ 5.000 (Pesos Cinco Mil) ) o personal. Si se optare por la fianza personal, denunciar al fiador
  • Abogado o Escribano- con todos los datos personales, Nº de Matrícula, teléfono, etc., debiendo firmar al pie de la nota juntamente con el solicitante y sello aclaratorio, en prueba de conformidad.-