Cualquier institución pública o privada antes de contratar a una persona que esté en contacto con niños o niñas menores de edad puede solicitar justificando su pedido, informe al REGISTRO  de si se encuentra dentro de la base de datos. De ser positiva la carga, la institución puede negarle la admisión a dicho ciudadano.
Se puede solicitar vía correo institucional a: 
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o vía presencial en el Registro cito en calle Santa Fe N.º 1630 planta baja.

ARTÍCULO 6.- Solicitud de Informe. Toda institución pública o privada que tenga como fin específico actividades destinadas a menores de edad, personas con capacidades diferentes y adultos mayores, antes de tomar personal para su atención, deben solicitar al Registro Provincial de Condenados por Delitos Contra la Integridad Sexual información sobre si la persona a contratar no se encuentra asentada en el mismo. 

ARTÍCULO 7.- Remisión de Informe. El Registro Provincial Único de Condenados por Delitos Contra la Integridad Sexual, debe remitir la información en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles de solicitada, limitándose a manifestar si la persona se encuentra habilitada o inhabilitada para la prestación del servicio indicado.

ARTÍCULO 8.- Abstención. La entidad requirente, al recibir el informe, en caso de que del mismo surja que la persona se encuentra inhabilitada para la prestación del servicio, puede abstenerse de contratarla.

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