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Ac. 73/01

Registro Público de Bienes Entregados en Depósito Judicial. creación en el ámbito de la Secretaría Administrativa y de Superintendencia en Informática Jurídica.

 

ACORDADA NÚMERO SETENTA Y TRES. En la ciudad de Posadas, capital de la Provincia de Misiones, República Argentina, a los veintinueve días agosto de dos mil uno, se reúnen en el Salón de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia S. S. el señor Presidente doctor Manuel Augusto Márquez Palacios y Ss. Ss. los señores Ministros Humberto Augusto Schiavoni, Luis Alberto Absi, Jorge Antonio Rojas, Marta Susana Catella, Julio Máximo Silveira Márquez, Jorge Alberto Primo Bertolini, y Julio Eugenio Dionisi. Se deja constancia que se halla ausente S. S. la señora Ministro doctora Marta Alicia Poggiese de Oudín en uso de licencia compensatoria de feria. Pasando a considerar el expediente administrativo número noventa y ocho - G - dos mil uno: "Gobernación s/ Rte. Dctos. (Ley 3761) (Registro Público de Bienes entregados en Depósito Judicial)": Puestos a consideración estos obrados que han sido objeto de estudio, en uso de la palabra la Dra. Catella dice: Atento lo preceptuado por el art. 2 de la Ley 3761, entiendo deben remitirse estas actuaciones a la Secretaría Administrativa de Superintendencia y Judicial con competencia en Informática, a los fines de la implementación pertinente del Registro Público de Bienes entregados en Depósito Judicial. Seguidamente el Dr. Bertolini dice: Corresponde disponer que el Registro creado por la Ley 3761 –art. 2º-, que incorpora dicha norma como art. 8º de la Nº 2745, funcionará en la esfera de la Secretaría Administrativa, de Superintendencia y Judicial en Informática. Asimismo, esta Secretaría deberá elevar en el término de quince días un proyecto de reglamentación para la ulterior consideración del Tribunal a sus efectos. El Dr. Dionisi dice: adhiero al voto de los señores Ministros preopinantes, considerando que debe darse a la cuestión preferente despacho. Los Dres. Márquez Palacios, Schiavoni, Absi, Rojas y Silveira Márquez, adhieren asimismo a los votos expuestos por los Dres. Catella y Bertolini que se complementan. En consecuencia, por unanimidad de los señores Ministros presentes, y en uso de facultades constitucionales, legales y reglamentarias vigentes propias del Cuerpo: Acordaron: Primero: Disponer que el "Registro Público de Bienes entregados en Depósito Judicial", creado por la Ley 3761, en su artículo 2º, que incorpora dicha norma como art. 8º de la Ley 2745 funcionará en la esfera de la Secretaría Administrativa, y de Superintendencia y Judicial en Informática de este Superior Tribunal de Justicia. SEGUNDO: La Secretaría de mención deberá elevar, en el término de quince (15) días –contados desde la recepción del presente expediente-, un Proyecto de Reglamentación y Programa Informático, para ser considerado por el Alto Cuerpo, a sus efectos.

TERCERo: Ordenar se registre, se comunique, se tome nota por Secretaría Administrativa y de Superintendencia Judicial en Informática y oportunamente se archive. Con lo que se dio por terminado el acto, firmando los señores Ministros, por ante mí, Secretaria que doy fe.

 

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