La Secretaría Administrativa y de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia -Sector Acuerdos-  hace que en Acuerdo Nº 21/2020, y a los fines de posibilitar la operatividad inmediata del nuevo Sistema de Notificaciones Electrónicas Judiciales (NEJ), los señores Ministros han resuelto:

1º) Recordar a los profesionales del derecho la obligatoriedad de que las partes y sus representantes constituyan domicilio electrónico con arreglo a la Acordada Nº 79/2020 y lo prescripto por los códigos de procedimientos (Art. 40 CPCCFyVF, Art. 30 CPL y Art. 153 CPP).

2º) Recomendar a los jueces y tribunales que luego de proveer la constitución de domicilio electrónico procedan a darlo de alta en el SIGED.

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