ACORDADA NÚMERO DOSCIENTOS DIECISIETE: En la ciudad de Posadas, Capital de la Provincia de Misiones a los diez días del mes  de noviembre de dos mil quince, se reúnen en el Salón de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, en el Edificio de Tribunales, sito en Avda. Santa Catalina 1735 de esta ciudad, S.S. la Sra. Presidente, Dra. Ramona Beatriz Velázquez, Ss. Ss. los Sres. Ministros del Alto Cuerpo.

En la ocasión, pasan a considerar el Proyecto de Autorizaciones y Certificaciones remitido por Inspección Justicia de Paz, "en el que la Sra. Jefe de dicha dependencia, Dra. Graciela V. de Cardozo pone en conocimiento ciertas dificultades, sobre todo las Oficinas de Migraciones  en  el sentido de que cuando los  progenitores de menores autorizan a salir de la República o para el  cambio de residencia permanente en el extranjero alegando que la firma de los Jueces de Paz deben estar legalizadas. Hace mención de la vigencia  del nuevo  Código Civil, citando específicamente lo referido en el art. 645 ínc. “c” y que  en la Provincia de Misiones los Jueces de Paz se encuentran facultados a otorgar estos permisos conforme lo dispone la Ley IV n° 62 que en su art. 74 establece que los Juzgados de Paz de Primera Categoría conocerán:…inc. “k” otorgar permisos o certificar autorizaciones a menores para viajar a otras provincias o al exterior;...En el mismo sentido el art. 75 dice "... Son atribuciones de los Juzgados de Paz de Segunda Categoría entender en todos los asuntos determinados en el artículo anterior…”  y el art. 76... son atribuciones de los Juzgados de Paz de Tercera Categoría entender en todos los asuntos establecidos en el Artículo 80 de la Ley IV - N° 15 (Antes Decreto Ley 1550/82)…por lo que la señora Jefe de Inspección de Justicia de Paz Dra. Graciela V. de Cardozo, solicita a los fines de unificar y solucionar estas situaciones, se aprueben Proyectos de Autorizaciones y Certificaciones que adjunta. Por ello, y encontrándose vigente el Nuevo Código Civil,  luego de un cambio de opiniones, ACORDARON: PRIMERO: Aprobar los Proyectos de Autorizaciones y Certificaciones a los fines solicitados por la señora Jefe de Inspección de Justicia de Paz, Dra. Graciela V. de Cardozo, que se otorgan  por los progenitores a menores en el caso de salir de la República o para el caso de cambio de residencia permanente en el extranjero. SEGUNDO: Hacer saber y dar amplia difusión de lo resuelto por el Alto Cuerpo, comunicándose vía Inspección Justicia de Paz a los señores Jueces con competencia en el tema tratado, debiendo remitirse fotocopia de los ejemplares agregados en autos. TERCERO: Por Secretaria líbrese oficio a la Dirección Nacional de Migraciones a sus efectos. CUARTO: Se agregan a la misma como anexo los formularios pre impresos y aprobados la que tendrá vigencia a partir del día  20 de noviembre del corriente año".

Se adjuntan los formularios             

 

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