El señor Secretario General de la Secretaría Administrativa y de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Víctor Hugo Marinoni, por disposición del Alto Cuerpo, hace saber para conocimiento y efectos, que en Acuerdo N° 23 de fecha 2 de Agosto, en los autos caratulados Expte. Adm. N° 89752/2016 “Superior Tribunal de Justicia s/ Dispone Modificación Art. 111 del R.P.J., se ha dictado Acordada N° 106, los señores Ministros ACORDARON:

PRIMERO: Modificar parcialmente el Art. 111 del Reglamento para el Poder Judicial que se refiere a la subrogación de los Jueces en su Punto 2) Fuero Civil, Comercial, Laboral y de Familia: Inc. b) Juzgados de Familia punto a)  el que quedará redactado de la siguiente manera: “Los Jueces de Familia se subrogarán entre sí continuando posteriormente  por los Jueces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. La subrogación se realizará en forma mensual en orden numérico ascendente, iniciándose el día 01 de Septiembre del 2016, con el turno del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1. Luego por los Jueces Laborales, siguiendo por los Jueces de Instrucción y posteriormente por los Jueces en lo Correccional y de Menores, comenzando en cada caso por el de más baja numeración y que no se hallare en turno. Y en lo que respecta a la subrogación de los Juzgados Civil y Comercial en causas de Ejecución Fiscal  Inc. c) punto a) el que quedará redactado de la siguiente manera: “El Juez en lo Civil y Comercial  Nº 7 subrogará al Juez de igual Fuero Nº 8,  el Juez en lo Civil y Comercial Nº 4 subrogará al Juez Nº 7 y el Juez Nº 8 al Juez Nº 4, en forma temporaria y excepcional hasta que se cubra la vacancia del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 8”.

SEGUNDO: Atento a lo resuelto precedentemente, dejar sin efecto el punto sexto de la Acordada Nº 73/02.

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