En atención a lo solicitado por el Colegio de Abogados de la Provincia de Misiones, se recuerda a las Cámaras; Tribunales y dependencias Judiciales que se encuentra vigente lo dispuesto en Acuerdo Nº 1/2011, comunicado a través de Circular Nº 1/11; en cuanto ordena:

“Disponer la prohibición del uso de redes sociales, del sistema informático para todos los integrantes del Poder Judicial de la Provincia de Misiones, salvo en los casos que expresamente autorice el Superior Tribunal de Justicia. Su incumplimiento será considerado falta grave…”