Ante la aparición de nuevos casos a nivel Provincial, según los registros  oficiales informados, el Cuerpo Médico Forense, perteneciente al Poder Judicial, presentó a las autoridades del Superior Tribunal de Justicia un recordatorio de las medidas adoptadas en el marco de la Pandemia Mundial COVID-19.

 

Fundamentalmente el equipo sugiere continuar con las siguientes medidas:

 

  1. Distanciamiento social de un metro y medio. 
  2. Adecuada higiene de manos.
  3. Adecuada higiene respiratoria.
  4. Desinfección de superficies y ventilación de ambientes.

 

En el documento presentado se realizaron otras sugerencias divididas en 23 puntos detallados a continuación:

 

1) Toda persona que ingrese a las dependencias del Poder Judicial deberá contar con su barbijo protector, cuya colocación deberá hacerse previo al ingreso de las instalaciones.

 

2) Previo al ingreso a los edificios de las dependencias, se deberá testear la temperatura a la totalidad de magistrados, funcionarios y agentes (Termómetro Lazer). En caso de detectarse una temperatura igual o mayor a 37,5 se notificará al responsable de la dependencia y se deberá tomar contacto al teléfono del Ministerio de Salud Pública: 0800-444-3400.

 

3) Una vez llegado al puesto de trabajo, se deberán ventilar los espacios, en caso de ser posible, y se procederá a higienizar los elementos del entorno como ser: escritorios; teclados; teléfonos y toda superficie de contacto que se manipule habitualmente. Esta operación, debe hacerse diariamente hasta adquirir el hábito. El constante lavado de manos ante la manipulación de expedientes físicos, es de vital importancia.

 

4) Dentro de los espacios de trabajo se mantendrá una distancia no menor a 1,50 metros entre personas, evitando la acumulación en espacios reducidos.

 

5) No se utilizarán ascensores, salvo extrema necesidad. En caso de utilización, se deberá mantener la distancia preestablecida.

 

6) Se recomienda que, en caso de Toma de Audiencias, Testimoniales, Exámenes Físicos y todos aquellos actos jurídicos que, mediante razón previamente fundada por el responsable de la dependencia, no pueda realizarse por medios audiovisuales a distancia (se extremarán los recaudos) y se habilitarán los espacios mayormente ventilados con los que cuente la dependencia, manteniendo las distancias y evitando el ingreso de personal que no sea necesario para el cumplimiento del mismo.

 

7) Al momento del ingreso a las distintas Dependencias del Poder Judicial deberán higienizarse las manos con alcohol en gel, alcohol líquido al 70% u otro desinfectante.

 

8) Para respetar esta distancia, ningún elemento como documentos, carpetas y/o cualquier otro material de trabajo debe entregarse en mano, sino apoyándolos de modo temporal sobre mesa o escritorio.

 

9) Sólo podrá atenderse a una persona por vez y previo otorgamiento de turnos a fin de evitar la superposición de personas dentro de la dependencia, y previo a dar otro turno o audiencia se deberá higienizar el lugar utilizado.

 

10) Las superficies que se tocan con frecuencia (pasamanos; pomos de puertas; fichas de parqueo; ascensores; escaleras; entre otros), deberán ser lavadas con productos a base de agua con hipoclorito, alcohol al 70% o productos desinfectantes.

 

11) Para el uso del personal y del público en general, equipar las instalaciones y servicios sanitarios con papel higiénico; agua potable; jabón para lavado de manos; alcohol glicerinado y toallas de papel para el secado de manos.

 

12) Las superficies del baño y el inodoro, deberán ser limpiadas con material desechable y desinfectado diariamente con un desinfectante doméstico, con productos a base de agua con hipoclorito o productos desinfectantes.

 

13) Los encargados de la limpieza deberán protegerse con guantes y barbijo mientras realizan las labores de limpieza e higiene. Tras efectuar la limpieza se deberán realizar higiene de manos.

 

14) Se deberá proveer a los agentes de atención al público y personal todo en general de barbijos, alcohol en gel o líquido al 70%.

 

15) En caso de atención a clientes se deberá tener a disposición barbijos y alcohol en gel o líquido al 70%, para el caso de que el público en general no posea.

 

16) Se deberá contar con contenedores con tapa adecuados con pedalera de apertura y correctamente identificados para desechar elementos de seguridad.

 

17) No compartir utensilios de uso personal. Por ejemplo: artículos de librería; vasos; botellas; mate; etc.

 

18) Se deberá reforzar las condiciones de higiene de los espacios comunes particularmente, aumentando la frecuencia de higiene y desinfección de los mismos. Asimismo, minimizar la cantidad de personas que utilicen estas instalaciones en forma simultánea.

 

19) Disponer de dispensadores con soluciones desinfectantes para una adecuada higiene de manos, las soluciones a base de alcohol son el estándar internacional por alta eficiencia demostrado en áreas de espera o alto tránsito.

 

20) Evitar el contacto físico a través de los saludos (beso; abrazo; estrechar las manos), favorecer el distanciamiento en lugares con aglomeración de personas.

 

21) Las uñas deben llevarse cortas y cuidadas, evitando el uso de anillos, pulseras, relojes de muñeca y otros. El cabello debe llevarse recogido.

 

22) Antes de colocarse barbijo, guantes y protección ocular, higienizarse las manos debidamente. El uso de barbijos es obligatorio, y el mismo debe cubrir nariz y boca.

 

23) Después de la jornada laboral, al llegar a su hogar deberá sacarse los calzados desinfectarlos con agentes químicos (lavandina al 10% y/o alcohol 70%) antes de ingresar, y la ropa ponerlas a lavar con agua y jabón.

 

Todas estas recomendaciones quedarán sujetas a eventuales cambios y o agregados.

 

 

 

 

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