{backbutton}
Turnos Rotativos y Guardias en Dependencias Penales
ACORDADA NUMERO SETENTA Y DOS: En la ciudad de Posadas, Capital de la Provincia de Misiones, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil catorce, se reúnen en el Salón de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, en el Edificio de Tribunales, sito en Avda. Santa Catalina 1735 de esta ciudad, S.S. la Señora Presidente Dra. Ramona Beatriz Velázquez Ss. Ss. los Sres. Ministros Dres. María Laura Niveyro, Roberto Rubén Uset, Jorge Antonio Rojas, Cristina Irene Leiva y Manuel Augusto Márquez Palacios. Se deja constancia que no se encuentran presentes Ss.Ss. el Sr. Ministro Dr. Froilán Zarza por asistir a la Ciudad de Washington y New York de los Estados Unidos de Norteamérica quien participa de la actividad diagramada por el Foro Federal de Consejos de la Magistratura y Jurados de Enjuiciamiento (FO.FE.C.M.A), Dr. Sergio César Santiago en comisión de servicios y el Sr. Ministro Dr. Humberto Augusto Schiavoni- en uso de licencia por art. 296 del R.P.J. Pasando a considerar el expediente administrativo número 1397-2014 (809-D-14) “Dirección de Arquitectura Judicial s/ Solicita Sistema de Desagote Subsuelo del Edificio del Fuero Penal –calle Santa Fe, Por Cda Expte n° 1039-2014 Presidente S.T.J. s/ Dispone Feria Judicial Extraordinaria en fecha 6-05-2014 para Dependencias del Edificio de Calle Santa Fe 1630; Expte. 1448-2014 (847-D-14) Dirección de Arquitectura Judicial s/ Autorización para que se disponga el Traslado de Elementos del Subsuelo del Edificio del Fuero Penal y para iniciar Gestiones de Remodelación del Subsuelo y Expte 1512-2014 Procuración General s/ Eleva Nota de Fiscalía de Instrucción Nº 2 s/ Comunica Situación del Ministerio Público s/ Perdidas”. Visto y Considerando: Se inician los presentes autos con el informe producido por la Intendencia del Edificio de Tribunales sito en calle Santa Fe, donde se encuentran funcionando dependencias judiciales en el fuero penal. Del informe surge la necesidad de contar con personal en forma permanente en todas las dependencias, de maestranza, a los fines de evitar perjuicios en los bienes muebles que obran en las mismas, así como la documentación que se encuentra a resguardo, lo cual generaría innumerables inconvenientes en el caso de una destrucción de los mismos. Así el Sr. Administrador General eleva un sistema de guardas rotativas, con la finalidad de tener cubiertas todas las franjas horarias, para atender casos de urgencia, evitar los deterioros indicados. Por ello y en uso de las facultades Constitucionales, Legales y Reglamentarias propias del Cuerpo, establecidas por el art. 48 de la LEY IV – N° 15 Digesto Jurídico (Antes Dto. Ley 1550/82), ACORDARON: PRIMERO: Aprobar régimen de turnos rotativos y guardias permanentes para el personal de maestranza asignado a cada dependencia judicial. SEGUNDO: Establecer el cumplimiento del régimen que se aprueba, conforme propuesta realizada por la Administración General del Poder Judicial, que como Anexo I, se incorpora a la presente, el que regirá a partir de la fecha de la presente Acordada. TERCERO: Ordenar se registre, se tome razón por Secretaría Administrativa y de Superintendencia, notifíquese y oportunamente archívese. Con lo que se dio por terminado el acto firmando los Señores Ministros por ante mí, Secretario que doy fe..
ANEXO I
Régimen de Turnos Rotativos y Guardias
El presente régimen que se detalla a continuación esta destinado al personal de Maestranza asignado a dependencias judiciales, que presenten similares características a las que se encuentran ubicadas en calle Santa Fe y Buenos Aires, de esta ciudad de Posadas.
La esencia del mismo es establecer sistemas de turnos rotativos, para completar la mayor franja horaria en el día, atendiendo las Necesidades comunes y de urgencia, comunicando en caso de urgencia a la Superintendencia de la Dependencia, por parte del personal asignado para ello.
1-Distribución de carga horaria
La distribución de la carga horaria que se realiza entre el personal de Maestranza de dicha dependencia será en lapsos de 6 horas en cada turno con la siguiente distribución en la franja horaria en los días de semana (de lunes a viernes):
Personal |
Guardia Activa |
Guardia Pasiva |
Nº 1 y N º2 |
6:30 a 12:30 |
|
Nº 3 |
12:30 a 18:30 |
|
Nº 1 |
|
18:30 a 6:30 |
2-Guardia Pasiva en los fin de semana, feriados, asueto y feria judicial.
2. a El Personal Nº 1 que estuvo como guardia pasiva durante la semana quedara con la misma función durante el fin de – semana consecutivo y correspondiente.
2. b La programación de la guardia quedara sujeto a la decisión de la Superintendencia de la dependencia.
2. c Las visitas puntuales que se realicen en el régimen de guardia pasiva deberán ser registradas en el libro de Novedades del personal policial de vigilancia dicha dependencia y/o ingreso por sistema de asistencia, aprobado para el edificio.
2. d Feria Judicial: La Superintendencia deberá decidir sobre el personal de maestranza que quedara afectado como guardia activa y pasiva en los periodos de feria judicial.
3. Funciones y Responsabilidades del Personal de Maestranza
3. a Las funciones especifica destinada de turnos y guardias activas y pasivas) es de realizar la supervisión visual en las diferentes plantas y en especial en el subsuelo de este edificio, verificando el funcionamiento de los equipos a bombas de desagüe de aguas, como así también la supervisión del sector del garaje donde se encuentran los autos de los funcionarios y jueces que operan en esta dependencia.
3. b También será función de este personal realizar el seguimiento y control del Servicio de Limpieza, referido al cumplimiento y a la calidad del servicio, comunicando a la Superintendencia las novedades que se detecten.
3. c Atender los llamados de aviso de urgencia, presentándose inmediatamente en la dependencia y comunicar en caso de que sea necesario a la Superintendencia.
4. Elementos emisarios de la emergencia
Se solicita la instalación e implementación de los mecanismos de aviso de emergencia, en la zona del subsuelo en el sector del pozo de desagüe, en los diferentes niveles:
1er. Nivel: Alarma acústica local.
2do. Nivel: Disparo de señal telefónica a al personal de guardia activa y pasiva.
A tal efecto se comisionara a la Dirección de Arquitectura, con la colaboración de la Secretaria técnica Informática, para la estalación e implementación de un sistema que reúna las características descritas precedentemente, con la colaboración del superintendente de cada dependencia donde sea necesario dichos dispositivos.
{backbutton}