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Ac. 24/13

REGISTRO DE MEDIADORES Y COMEDIADORES VOLUNTARIOS

 

ACORDADA NUMERO VEINTICUATRO: En la ciudad de Posadas, Capital de la Provincia de Misiones, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil trece, se reúnen en el Salón de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, en el Edificio de Tribunales, sito en Avda. Santa Catalina 1735 de esta ciudad, S.S. la Señora Presidente Dra. Ramona Beatriz Velázquez, Ss. Ss. los Sres. Ministros, Sergio César Santiago, Froilán Zarza, María Laura Niveyro, Roberto Rubén Uset, Jorge Antonio Rojas, y Cristina Irene Leiva. Se deja constancia que no se encuentran presentes, S.S. el Sr. Ministro Dr. Humberto Augusto Schiavoni, en uso de licencia compensatoria de feria; el señor Ministro Dr. Manuel Augusto Márquez Palacios en uso de licencia por art. 296 del R.P.J. Pasando a considerar el expediente administrativo número 724-2013 “CENTRO JUDICIAL DE MEDIACIÓN S/ SOLICITA INCORPORAR AL REGISTRO DE MEDIADORES Y COMEDIADORES VOLUNTARIOS”. Visto y considerando estas actuaciones, lo peticionado por el Sr. Director del Centro Judicial de Mediación Dr. José L. M. Guerreiro, condiciones estipuladas y beneficio que redundaría a favor de la buena prestación de servicios, y criterio ya adoptado por el A. Cuerpo, luego de un cambio de opiniones, ACORDARON: PRIMERO: Incorporar al Registro de Mediadores y Comediadores la figura de “Mediadores Voluntarios” para cumplir funciones en el ámbito del Centro Judicial de Mediación, dependiente del Excmo. Superior Tribunal de Justicia del Poder Judicial de la Provincia, con todas las obligaciones inherentes al cargo, sin que ello implique obligación de solicitar beneficio adicional alguno por la función que se encomiende, debiendo cumplirse con todas las obligaciones inherentes al cargo. SEGUNDO: Designar a los profesionales, agente y Funcionario que a continuación se detalla y que obra a fs. 3 de autos Bar, María Isabel agente del Poder Judicial, Curto, Raquel María, Cabral, Alicia, Soto, Liliana Beatriz, López Martín Rubén Secretario de Primera Instancia – Poder Judicial, Barrionuevo, María Eugenia, Benítez Belia Andrea, Orellano Mónica Inés, Pollina, Patricia Raquel, Bortolotti, María Antonella, Guimaraes Moglia, María Martha, todos Abogados y Vernazza, Nidia Erica, Contadora y Genoves, Claudia Ivana, Tec. Psicolog. Soc. TERCERO: Efectúense las comunicaciones de rigor, debiendo el Señor Director del Centro Judicial de Mediación comunicar lo resuelto en el punto que antecede a los profesionales que no dependen del Poder Judicial y a los Jueces de las dependencias donde prestan servicios las personas designadas como Mediadores Voluntarios, y elevar a este S.T.J. constancia de dicha gestión. CUARTO: Ordenar se registre, se tome nota por Secretaria Administrativa y de Superintendencia, efectúense las comunicaciones de rigor y oportunamente archívese. Con lo que se dio por terminado el acto firmando los señores Ministros por ante mí, Secretario que doy fe.-

 

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