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Ac. 40/13

Recibos de Sueldos con firma digital

Autogestión

 

ACORDADA NUMERO CUARENTA: En la ciudad de Posadas, Capital de la Provincia de Misiones, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil trece, se reúnen en el Salón de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, en el Edificio de Tribunales, sito en Avda. Santa Catalina 1735 de esta ciudad, S.S. el Señor Presidente Subrogante Dr. Sergio César Santiago, Ss. Ss. los Sres. Ministros, Dres. Froilán Zarza, María Laura Niveyro, Roberto Rubén Uset, Jorge Antonio Rojas y Cristina Irene Leiva. Se deja constancia que no se encuentran presentes, Ss.Ss. los Sres. Ministros Dres. Humberto Augusto Schiavoni y Manuel Augusto Márquez Palacios ambos en uso de licencia por art. 296 del R.P.J. y S.S. la Sra. Presidente Dra. Ramona Beatriz Velázquez en uso de licencia compensatoria de feria. Pasando a considerar el expediente administrativo número 1211-2013- “Secretaría Administrativa, Judicial y de Superintendencia, a cargo de Informática s/ servicio de autogestión de recibos de sueldos con tecnología de firma digital”. Atento a la presentación efectuada a fs. 5, documentación ilustrativa agregada a fs. 1/ 4 y a petición del A. Cuerpo exponen que el proyecto que tiene como finalidad proveer a toda la organización Judicial un servicio web restringido y seguro de autogestión de recibos de haberes para los integrantes del Poder Judicial con firma digital, persiguiendo de esta manera la despapelización de los procesos, confidencialidad, evitar demoras en las entregas, menores costos y descompresión de trabajo administrativo, luego de un cambio de opiniones, ACORDARON:

PRIMERO: Aprobar el proyecto de “Generación de Recibos de Sueldos con firma digital”, propuesto por la Secretaría Administrativa, de Superintendencia y Judicial en Informática y la Dirección de Administración, sistema éste que será autogestionado por cada uno de los integrantes del Poder Judicial de la Provincia de Misiones, utilizando usuario y password de acceso desde el portal www.jusmisiones.gov.ar.

SEGUNDO: Implementar el sistema en forma gradual y progresiva, hasta el 30 de septiembre del corriente año, debiendo coexistir los recibos de haberes en papel y soporte digital hasta entonces. Cumplido dicho plazo únicamente y a requerimiento fundado del interesado, por ante la Dirección de Administración se procederá a imprimir el recibo de haberes.

TERCERO: Disponer que a partir del 1 de enero del año 2014 se eliminará definitivamente el uso del recibo papel; debiendo los integrantes del Poder Judicial haber generado para entonces su clave de usuario y password con carácter obligatorio.

CUARTO: Poner de manifiesto la satisfacción del Alto Cuerpo, y hacer extensivo a los Funcionarios que han intervenido en el proyecto aprobado precedentemente, destacando la amplia colaboración que en cada caso brindan en pos del mejor funcionamiento del servicio judicial.

QUINTO: La presente Acordada tendrá vigencia a partir del 1º de junio del corriente año.

SEXTO: Ordenar se registre, se tome nota por Secretaria Administrativa y de Superintendencia, comuníquese y oportunamente archívese. Con lo que se dio por terminado el acto firmando los señores Ministros por ante mí, Secretario que doy fe.

 

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