Ac. 79/07

agente con Enfermedad Oncológica

Amplía punto Quinto Ac. 122/06

 

ACORDADA NÚMERO SETENTA Y NUEVE: En la ciudad de Posadas, capital de la Provincia de Misiones, República Argentina, a los quince días del mes de agosto de dos mil siete, se reúnen en el Salón de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia –en el Edificio de Tribunales, sito en Avda. Santa Catalina Nº 1735 de esta ciudad-, S. S. el señor Presidente doctor Jorge Antonio Rojas y Ss. Ss. los señores Ministros doctores Mario Dei Castelli, Cristina Irene Leiva, Manuel Augusto Márquez Palacios, Humberto Augusto Schiavoni, Ramona Beatriz Velázquez, y Roberto Rubén Uset.- Puestas a consideración las actuaciones administrativas número ciento catorce – A- 2007: Alvez, Alicia s/ Adicional s/ Acordada 122/ 06”: Visto y Considerando estas actuaciones, lo peticionado por la agente Oficial Superior de Primera del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, Sra. Alicia Álvez, razones invocadas, informe del Cuerpo Médico Forense obrante a fs. 7 de autos, atento lo dispuesto en Acordada Nº 122 /06, en su punto Quinto, corresponde ampliar el mismo, incluyendo como causal de excepción para la percepción del adicional establecido en el punto Tercero de la citada Acordada al Personal Jerárquico, Administrativo y Técnico, y Personal Obrero, Maestranza y Servicios, con enfermedades oncológicas; por ello y en uso de facultades, legales y reglamentarias vigentes propias el Cuerpo: ACORDARON: PRIMERO: Ampliar el punto Quinto de la Acordada Nº 122/ 06, el que quedará redactado de la siguiente manera: Quinto: para tener derecho a la percepción del Adicional establecido en el artículo anterior, el agente no deberá registrar inasistencias de ninguna índole, con excepción de la correspondiente a la licencia por feria ordinaria y extraordinaria, por maternidad, fallecimiento de familiar en primer grado, accidentes de trabajo, intervenciones quirúrgicas que requieran internación, francos compensatorios y enfermedades oncológicas”. SEGUNDO: La presente Acordada tendrá vigencia a partir de la fecha. TERCERO: Ordenar se registre, se comunique, se tome razón por Secretaría Administrativa y de Superintendencia, se dé a Dirección de Administración y oportunamente se archive. Con lo que se dio por terminado el acto firmando los señores Ministros por ante mí, Secretaria que doy fe.

 

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