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Ac. 17/05

Secretaría de Tratamiento Jurídico Documental y Estadística

 

ACORDADA NUMERO DIECISIETE: En la ciudad de Posadas, capital de la Provincia de Misiones, República Argentina, a los nueve días del mes de marzo de dos mil cinco, se reúnen en el Salón de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia

S.S. el señor Presidente doctor Jorge Antonio Rojas y Ss.Ss. los señores Ministros doctores Luis Alberto Absi, Jorge Alberto Primo Bertolini, Marta Susana Catella, Julio Eugenio Dionisi, Marta Alicia Poggiese de Oudín y Humberto Augusto Schiavoni. Se deja constancia que se halla ausente S.S. el señor Ministro doctor Manuel Augusto Márquez Palacios en uso de licencia compensatoria de feria. Pasando a considerar el expediente administrativo número seis mil ochocientos treinta y cuatro-S- dos mil cuatro: “Secretaría a cargo de Informática s/ Eleva Planilla de Relevamiento de Datos y Propone Creación de Dependencia”.Puestas a consideración las presentes actuaciones; conforme los votos expuestos en el Acuerdo de fecha 21 de diciembre de dos mil cuatro; por ello y en uso de facultades constitucionales, legales y reglamentarias vigentes propias del Cuerpo: ACORDARON: PRIMERO: Aprobar el Proyecto de Acordada elevado por la Secretaría a cargo de Informática que luce a fs. 29/31, con las modificaciones que en éste acto de introducen, respecto de los arts. 46, 47, 48, 49, 50, 51 y 206 del Reglamento de Poder Judicial; quedando en consecuencia redactado de la siguiente forma: Artículo 46: en los meses que por Acordada disponga el Superior Tribunal de Justicia, las Cámaras, Jueces, Ministerios Públicos, Secretarías del Superior Tribunal, Jefes de Dependencias y Direcciones de Oficinas, deberán remitir a la Secretaría a cargo de Estadísticas, las planillas de relevamiento de datos correspondientes al período inmediato anterior, no incluidas en el Software estadístico. Artículo 47: La Secretaría de Tratamiento Jurídico Documental y Estadísticas, efectuará el control, verificación, procesamiento, y difusión de los datos estadísticos. SEGUNDO: Deróganse los artículos 48, 49, 50, 51 y 206 del Reglamento para el Poder Judicial de la Provincia de Misiones. TERCERO: Reestructúrese la actual Dirección de Informática Jurídica dependiente de la Secretaría Administrativa de Superintendencia y Judicial a cargo de Informática, pasando a denominarse Secretaría de Tratamiento Jurídico Documenta y Estadística, con las siguientes Misiones y Funciones:

SECRETARIA DE TRATAMIENTO JURÍDICO DOCUMENTAL Y ESTADÍSTICAS:

 

Misión: Direccionar el ordenamiento y sistematización de la doctrina y jurisprudencia de los tribunales de la Provincia de Misiones, propendiendo al cumplimiento de los acuerdos firmados, o afirmarse en el futuro con otras jurisdicciones. Relevar y organizar el sistema estadístico de los tribunales y dependencias del Poder Judicial a fin de que constituyan herramientas de ayuda y control en la toma de decisiones.

 

Funciones:

1) Organizar la incorporación de doctrina y jurisprudencia local a los sistemas informáticos y recomendar su publicación.

2) Elaborar los sumarios a ser incluidos en las bases de datos de información jurídica.

3) Trabajar en coordinación con las otras Secretarías, y las distintas dependencias del Poder Judicial, con el fin de desarrollar las Bases de Datos necesarias.

4) Requerir los datos estadísticos imprescindibles, que no estén generados en el sistema informático, que deberán remitir los responsables de las distintas dependencias del Poder Judicial.

5) Velar por el resguardo de la información estadística a fin de comunicarla de modo correcto, preciso, y previa verificación.

6) Publicar la información elaborada en la Secretaría, y/o girar a la dependencia responsable de la difusión, previo control técnico.

7) Tender a la obtención de información estadística precisa y verificable, mediante sistema informático que se desarrollen.

8) Coordinar y atender las solicitudes de datos estadísticos requeridos por los distintos organismos, aún aquellos no incluidos en bases de datos existentes, en cuyo caso deberá comunicar al Superior Tribunal de Justicia.

9) Velar por la capacitación permanente de los Recursos Humanos, tendiendo al fortalecimiento de los conocimientos habilidades y actitudes necesarias para alcanzar la misión.

 

DEPARTAMENTO DE TRATAMIENTO JURÍDICO DOCUMENTAL.

 

Misión. Entender en el tratamiento jurídico documental de los fallos emitidos en todas las instancias judiciales de la provincia, y establecer en interconexión seguros y efectivos canales de comunicación con los distintos usuarios y/o consultantes, sean internos o externos al Poder Judicial de la Provincia.

 

Funciones:

1) Efectuar el análisis preinformático de las sentencias del Alto Cuerpo, Cámaras y Tribunales Penales.

2) Generar sumarios o abstracts de jurisprudencia a incluir en las Bases de Datos.

3) Efectuar búsquedas de información solicitada -guardando la celeridad y eficacia- por Magistrados, Funcionarios y Públicos en general, acorde la actualidad jurídica.

4) Propender a la calidad de la información solicitada.

5) Colaborar en la capacitación de Magistrados, Funcionarios y empleados en el manejo de las distintas herramientas informáticas para su aplicación eficiente en búsquedas de jurisprudencia, en distintos soportes existentes y en Internet.

6) Formar y capacitar recursos humanos orientados al tratamiento jurídico documental.

 

DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA.

 

Misión: Entender en la recopilación, organización, presentación, análisis e interpretación, conservación, almacenamiento y la difusión de los datos estadísticos, a fin de mejorar las condiciones del servicio de justicia.

 

Funciones:

1) Proponer los indicadores judiciales que se consideren apropiados para la obtención de tasas, porcentajes, índices, coeficientes etc., tendiente a obtener en tiempo real información fidedigna para la política institucional del Superior Tribunal de Justicia.

2) Obtener las tasas, porcentajes, coeficiente, etc., a partir de los datos suministrados por las dependencias judiciales.

3) Presentar la información conforme tablas y gráficas estadísticas que posibiliten el mejor análisis e interpretación de los datos.

4) Someter a consideración, la planilla de relevamiento de datos estadísticos con su instructivo, que deberán ser cumplimentadas por las dependencias judiciales, de apoyo y administrativas, a fin de la homogeneidad en el criterio de registración.

5) Propender y generar canales suficientes a fin de que toda la información necesaria para la elaboración de estadísticas judiciales, provenga del sistema de gestión y seguimiento de expedientes utilizados por los órganos judiciales.

6) Llevar a cabo la carga de los datos estadísticos tendiendo a su incorporación a campos informáticos, para el procesamiento de la información, capacitando a tal fin.

 

CUARTO: Modifíquese la actual denominación del cargo de Directora de Informática Jurídica por el de Secretaria de Tratamiento Jurídico Documental y Estadísticas.

QUINTO: Derogar expresamente la normativa correspondiente a la organización funcional actual pertinente, en todo lo que se oponga a la presente Acordada.

SEXTO: Tener presente para la etapa del Proyecto de Presupuesto 2006, los cambios de denominación de los cargos presupuestarios descriptos en el punto cuarto, comunicando para ello a la Dirección de Administración.

SÉPTIMO: Ordenar se registre, se comunique a todas las dependencias judiciales de la provincia, se tome razón por Secretaría Administrativa y de Superintendencia, se dé a la Dirección de Administración y oportunamente de archive. Con lo que se dio por terminado el acto firmando los señores Ministros por ante mí, Secretario, que doy fe.

 

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