Acdo. de Cámara Civil 08/89(2/5/89 - Parte Pertinente)

EXPEDIENTES – Radicación en Sala. Recursos de Queja por Apelación Denegada.

 

…atendiendo a las facultades previstas en el artículo 30 de la Ley 1550, la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral, resuelve establecer reglamentariamente la exigencia de la denuncia previa de anterior radicación en Sala, en los recursos de queja por apelación denegada, a fin de evitar posteriores inconvenientes de carácter procesal y tendiendo a un mejor ordenamiento del trámite en la Alzada; por unanimidad se acordó: Establecer como obligación a cargo de los profesionales al promover el Recurso de Queja por apelación denegada, la mención concreta de anterior radicación del principal o incidentes en Sala; para el caso de que no lo hicieran, se intimará el cumplimiento de este requisito.