ACUERDO STJ - 05/05/09 (parte pertinente)

INSPECCIÓN ÓRDENES DE PAGOFuero Laboral 1ra Circunscripción

 

Expediente administrativo número 425-C-2009- Cámara lABORAL s/ RTE. COPIA ACUERDO EXTRAORDINARIO Nº 02/09” … El Alto Cuerpo resuelve:

 

1º)Atento a lo solicitado por la Cámara Laboral, disponer que las Inspecciones de las Órdenes de Pago que se efectúan mensualmente, las realice el Cuerpo de Inspectores del Fondo de Justicia, a partir del día 1º de Junio del corriente año; exceptuando a la Cámara Laboral de las obligaciones previstas por el art. 103 in fine del Reglamento para el Poder Judicial.

2º) Una vez finalizados los informes respectivos el Cuerpo de Inspectores elevará a la Cámara de Apelaciones en lo Laboral, a efectos de que la misma controle y emita opinión sobre las inspecciones realizadas

3º) La Cámara Laboraldeberá evacuar las consultas que formulen los integrantes del Cuerpo de Inspectores cuando así lo requieran.