La Secretaría Administrativa y de Superintendencia -Sector Acuerdos, informa que en Acuerdo N°37/2021 los Ministros del Alto Cuerpo resolvieron:

 1º) DISPONER la actualización de los importes establecidos en la Acordada Nº 85/1992 de éste Superior Tribunal de Justicia, determinando que los mismos serán de $5.663,42 para la fianza del art. 233 del R.P.J.; y de $ 113.268,39 para la garantía exigida en el artículo citado. 

2º) MODIFICAR el art. 233 del Reglamento para el Poder Judicial de la Provincia de Misiones, el que queda redactado de la siguiente manera: art. 233) Cuando las leyes específicas exijan rendir fianza, la misma deberá constituirse mediante un depósito bancario de Pesos Cinco Mil Seiscientos Sesenta y Tres con Cuarenta y Dos centavos ($5.663,42) a la orden del Superior Tribunal de Justicia y una garantía personal o real  de Pesos Ciento Trece Mil Doscientos Sesenta y Ocho con Treinta y Nueve Centavos ($113.268,39). El Presidente del Superior Tribunal de Justicia no admitirá fianzas de terceros que hubieren otorgado dos o mas garantías de la misma especie. El Superior Tribunal podrá adecuar los montos referidos cada vez que lo considere Conveniente.

 3º) Esta modificación entrará en vigencia el 1º de Enero de 2022 y se aplicará a todo trámite que se inicie con posterioridad a dicha fecha.

Acuerdo nº 37 

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