EL Sr. PRESIDENTE DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE MISIONES, hace saber por Resolución Nº 1424 de Acordada Nº 48, con fecha 25 de abril de 2018, fijando el período de Feria Judicial desde  el 10 al 20/07/18  y arts. 73 y 74 del Reglamento para el Poder Judicial se resuelve: 

PRIMERO:Oficiar al Señor Procurador General; a los Señores Presidentes de las Cámaras en lo Civil, Comercial, de Familia y Fiscal Tributaria; de la Cámara de Apelación en lo Laboral; de la Cámara en lo Penal y de Menores, con asiento en Posadas y de los Tribunales Penales; Jueces de Primera Instancia; Jueces de Paz y Jefes de las demás dependencias del Poder Judicial de la Provincia, a efectos de solicitarles Integren la Nómina de Magistrados, Funcionarios y Empleados que prestarán servicios durante el RECESO JUDICIAL DE JULIO DE 2018, las que deberán ser elevadas a este Superior Tribunal de Justicia -antes del 08 de Junio de 2018 -habiéndose establecido el horario de atención al público de 8 a 11 hs. lo que se hace extensivo para todas las Instancias y Fueros (Acordada Nº 36/14).

SEGUNDO: Tener presente lo normado en el Artículo Tercero de la Acordada Nº 152/16: “Los Jefes de Dependencias deberán designar únicamente el personal indispensable para el cumplimiento de las tareas acorde a las necesidades de servicio que se suscitan en las Ferias Judiciales”.

TERCERO: El fraccionamiento dispuesto para la Feria de Julio de 2018 será: 1er.Período: (6 días) -del 10 al 15/07/18 y 2do.Período: (5 días) -del 16 al 20/07/18; o la Feria Completa (11 días) -del 10 al 20/07/18.-

CUARTO: Recordar a los Jefes de las Dependencias Judiciales, que las solicitudes de interrupción y/o convocatorias de la Feria Judicial de referencia, deben estar acabadamente fundadas, indicando el imprevisto o fuerza mayor que la fundamente.

QUINTO: La solicitud de reserva de feria, deberá ser elevada a ésta Secretaría en Oficio separado y una vez efectuada la prestación real y efectiva del servicio en feria.

SEXTO: Respecto al vencimiento de los pedidos de reservas de feria, una vez finalizada la misma, poseen un plazo de 10 (diez) días posteriores, a la finalización de la feria en cuestión, las cuales deberán ser remitidas únicamente -vía correo institucional a: personal.mesaentrada@jusmisiones y con opinión favorable del Jefe de Dependencia.

SÉPTIMO: La Secretaría Administrativa y de Superintendencia, confeccionará la Nómina del Personal correspondiente al Superior Tribunal de Justicia.                                      

OCTAVO: Hacer saber a los Señores Jueces, de las dependencias que se detallan -que deben proponer la designación de Magistrados, Funcionarios y Empleados necesarios, para cubrir el servicio judicial durante la Feria Judicial de JULIO de 2018: SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, con asiento en la localidad de San Vicente y Aristóbulo del Valle: Juez de Instrucción Nº3, Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia -San Vicente y Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar-Aristóbulo del Valle; de la TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, con asiento en Eldorado: Juzgados en lo Civil y Comercial Nros. 1 y 2, Juzgados Laborales Nros. 1 y 2 y Juzgado de Familia Nº1; con asiento en Puerto Iguazú: Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia y Juez de Instrucción Nº 3; como asimismo de la CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, con asiento en Puerto Rico y Jardín América: Juez en lo Correccional y de Menores Nº1, Juez de Familia y Violencia Familiar y Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Familia Nº 2.

NOVENO: Solicitar a la Procuración General gestione la prestación necesaria del servicio de justicia -en las Dependencias del MINISTERIO PÚBLICO, de la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Circunscripción Judicial -cubriendo el período de Feria dispuesto precedentemente.

DÉCIMO: Recomendar el estricto cumplimiento en la elevación de los pedidos de compensación de feria, con una anticipación no menor de cinco (5) días corridos, debiendo la misma contener la opinión favorable del Jefe de Dependencia, respetando la Vía Jerárquica (art.286 del R.P.J.).

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