La Secretaría Administrativa y de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones -Sector Acuerdos- informa que, en Acordada Nº 139/2020, los Ministros del Alto Cuerpo acordaron:

PRIMERO: DISPONER que las actividades judiciales se realicen de modo obligatorio, en dos (2) tumos diarios; siendo el primero de ellos, de 7 a 12 horas, y el segundo, de 13 a 18 horas; para lo cual se conformarán dos (2) equipos de trabajo. La atención al público se efectuará únicamente durante el primer tumo, de 7 a 12 horas, mediante la habilitación de una sola ventana por dependencia.

SEGUNDO: La organización de los equipos de trabajo que cumplan tareas en cada tumo, dependerá de los jefes de dependencia, quienes deberán tener en consideración a dichos fines, el lugar físico con el que cuentan. Cada equipo de trabajo será integrado siempre por el mismo personal, y cumplirá sus funciones en el mismo tumo (horario); deberá respetarse la distancia individual precautoria en cada ambiente laboral; siendo obligatorio el uso de barbijos o tapabocas. Los jefes de dependencia deberán disponer que el personal que no concurra a prestar tareas de manera presencial, continúe brindando servicios desde sus hogares mediante el uso de los mecanismos digitales que se encuentran a disposición. Se recuerda a los jefes de dependencia que el uso del sistema SIGED es obligatorio, constituyendo su no uso, una falta grave.

TERCERO: REQUERIR a los jefes de dependencia, confeccionen la nómina de personal a su cargo que cumplirá trabajo presencial con la respectiva indicación del equipo de trabajo y del turno asignados; y el listado del personal que -sin concurrir de manera presencial- preste sus servicios por el mecanismo de teletrabajo; y elevar dichas nóminas a este Superior Tribunal de Justicia -por correo institucional zimbra- a la dirección:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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