El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones informa que por Resolución Nº 1415 de fecha 04 de mayo de 2021 y por lo dispuesto en la Acordada Nº 60/2021, de fecha 29 de abril del año 2021, fijando el período de Feria Judicial desde el 12 al 23/07/21 y arts. 73 y 74 del Reglamento para el Poder Judicial, y por ello, los Ministros del Alto Cuerpo resolvieron:

PRIMERO: Oficiar al Señor Procurador General; a los Señores Presidentes de las Cámaras en lo Civil, Comercial, de Familia y Fiscal Tributaria; de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral; de la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores y de los Tribunales Penales; Jueces de Primera Instancia; Jueces de Paz y Jefes de las demás dependencias del Poder Judicial de la Provincia, a efectos de solicitarles integren la nómina de magistrados, funcionarios y empleados que prestarán servicios durante la FERIA JUDICIAL DE JULIO DE 2021, las que deberán ser elevadas a este Superior Tribunal de Justicia -antes del 18 de Junio de 2021- con detalle del magistrado y funcionario que estará a cargo de cada una de las dependencias, con el personal mínimo indispensable por cada período de feria, teniendo en cuenta lo dispuesto en Acuerdo Extraordinario Nº2 del 16/03/20 y las sucesivas Acordadas, en razón de las medidas sanitarias establecidas a raíz de la pandemia por COVID 19, habiéndose establecido el horario de atención al público de 8 a 11 hs., lo que se hace extensivo para todas las instancias y fueros (Acordada Nº 36/14).

SEGUNDO: El fraccionamiento dispuesto para la Feria de Julio de 2021 será: 1er. período (6 días) -del 12 al 17/07/21- y 2do. período (6 días) -del 18 al 23/07/21-; o la feria completa (12 días) -del 12 al 23/07/21-.

TERCERO: Las dependencias que poseen autogestión de carga de datos en el sistema L.E.U, tendrán que hacerlo por ese medio. Las demás dependencias deberán remitir la nómina solicitada, vía correo zimbra a personal.mesaentrada@jusmisiones.

CUARTO: Requerir al CUERPO MÉDICO FORENSE, gestione la recepción del listado del personal que prestará servicios en la feria judicial que se trata, para su respectivo control a fin de respetar la vía jerárquica.

QUINTO: Solicitar a la PROCURACIÓN GENERAL, gestione la prestación necesaria del servicio de justicia cubriendo el período de feria dispuesto precedentemente. Como asimismo la solicitud de reserva de feria, deberá ser elevada en oficio separado, respetando la vía jerárquica a procuracion.ferias@jusmisiones.

SEXTO: Solicitar a INSPECCIÓN JUSTICIA DE PAZ, gestione la prestación necesaria del servicio de justicia en todos los Juzgados de Paz de la Provincia, cubriendo el período de feria dispuesto precedentemente. Asimismo la solicitud de reserva de feria, deberá ser elevada en oficio separado, respetando la vía jerárquica a inspeccionjusticiapaz@jusmisiones.

SÉPTIMO: Recomendar a los jefes de las dependencias judiciales que “deberán designar únicamente el personal indispensable para el cumplimiento de las tareas”, siendo excepcionales las convocatorias de agentes ante imperiosa necesidad del servicio. Asimismo hacer saber que todo cambio para prestar servicios en la feria judicial de funcionarios o agentes (traslado, afectación o enfermedad) deberá ser comunicado mediante oficio de manera inmediata -indicando el imprevisto o fuerza mayor que la fundamente- vía correo institucional a personal.mesaentrada@jusmisiones.

OCTAVO: Recordar que para magistrados, funcionarios y agentes la compensación automática de la feria judicial que se trata, se hará efectiva a partir del primer día hábil posterior a la finalización de la misma, informando al correo de personal.mesaentrada@jusmisiones por oficio con opinión favorable del jefe de la dependencia.

NOVENO: Asimismo, la solicitud de reserva de feria, deberá ser elevada a ésta Secretaría (Oficina de Personal) después de haber realizado la prestación del servicio de manera real y efectiva vía correo institucional a personal.mesaentrada@jusmisiones teniendo un plazo de hasta 10 (diez) días posteriores a la finalización de la feria en cuestión y con opinión favorable del jefe de dependencia, con excepción del Ministerio Público y Justicia de Paz, que remitirán las reservas y/o compensaciones automáticas a sus respectivos correos institucionales para su contralor previo.

DECIMO: Disponer que los AGENTES CONTRATADOS que hubieren suscripto los correspondientes instrumentos a partir del día 1º de Abril de 2021 en adelante, deberán continuar prestando servicios durante la feria judicial de Julio de 2021, sin derecho a la compensación que prevé el art. 293 del R.P.J., atento el escaso lapso que llevan desempeñándose.

DÉCIMO PRIMERO: La Secretaría Administrativa y de Superintendencia, confeccionará la nómina del personal correspondiente al Superior Tribunal de Justicia.

 

{backbutton}