El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones informa que por Resolución Nº 1851 de fecha 09 de mayo de 2022 y por lo dispuesto en la Acordada Nº 85/2022, de fecha 04 de Mayo del año 2022, fijando el período de Feria Judicial desde el 11 al 22/07/2022, Arts. 73 y 74 del Reglamento para el Poder Judicial l, y por ello, los Ministros del Alto Cuerpo resolvieron:

PRIMERO: Oficiar al Señor Procurador General, a los Señores Presidentes de las Cámaras en lo Civil, Comercial, de Familia y Fiscal Tributaria, de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral, de la Cámara en lo Penal y de Menores, con asiento en Posadas y de los Tribunales Penales, Jueces de Primera Instancia, Jueces de Paz y Jefes de las demás dependencias del Poder Judicial de la Provincia, a efectos de solicitarles integren la nómina de magistrados, funcionarios y empleados que prestarán servicios durante el RECESO JUDICIAL DE JULIO DE 2022, las que deberán ser elevadas a este Superior Tribunal de Justicia antes del 21 de JUNIO de 2022, con detalle del magistrado y funcionario que estará a cargo de cada una de las dependencias, con el personal mínimo indispensable por cada período de feria, habiéndose establecido el horario de atención al público de 8 a 11 hs., lo que se hace extensivo para todas las instancias y fueros (Acordada Nº 36/14).

SEGUNDO: El fraccionamiento dispuesto para la Feria de Julio de 2022 será de dos (2) períodos: 1er. período: (6 días) del 11 al 16/07/22. 2do. período: (6 días) del 17 al 22/07/22, o la feria completa de 12 días corridos desde el 11 al 22/07/22.

TERCERO: Las dependencias de la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Circunscripción Judicial deberán realizar la carga a través de la autogestión de carga de datos en el sistema L.E.U.

CUARTO: Requerir al CUERPO MÉDICO FORENSE, que gestione la prestación necesaria del servicio de justicia y subrogaciones correspondientes, para su respectivo control y posterior finalización de los mismos, debiendo enviar la nómina correspondiente como fecha límite el 13 de Junio del 2022.  

QUINTO: Solicitar a la PROCURACIÓN GENERAL, que gestione la prestación necesaria del servicio de justicia y subrogaciones correspondientes en las dependencias del MINISTERIO PÚBLICO de la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Circunscripción Judicial cubriendo el período de feria dispuesto precedentemente, debiendo finalizar la carga correspondiente como fecha límite el 13 de Junio del 2022. 

SEXTO: Solicitar a INSPECCIÓN JUSTICIA DE PAZ, gestione la prestación necesaria del servicio de justicia y subrogaciones correspondientes en todos los Juzgados de Paz de la Provincia cubriendo el período de feria dispuesto precedentemente, debiendo finalizar la carga correspondiente como fecha límite el 13 de Junio del 2022.

SÉPTIMO: Los jefes de dependencias judiciales deberán designar únicamente el personal indispensable para el cumplimiento de las tareas”, siendo excepcionales las convocatorias de agentes ante imperiosa necesidad del servicio. Asimismo recordar que todo cambio para prestar servicios en la feria (traslado, afectación o enfermedad) deberán ser comunicados mediante oficio digital vía correo institucional a: personal.mesaentrada@jusmisiones, de manera inmediata, indicando el imprevisto o fuerza mayor que la fundamente.

OCTAVO: La solicitud de reserva de feria, deberá ser elevada a ésta Secretaría, después de haber realizado la prestación del servicio de manera real y efectiva -vía correo institucional a: personal.mesaentrada@jusmisiones teniendo un plazo de hasta 10 (diez) días posteriores a la finalización de la feria en cuestión y con opinión favorable del jefe de dependencia, con excepción del Ministerio Público, Justicia de Paz y Cuerpo Médico Forense.

NOVENO: La compensación automática de la feria judicial que se trata, se hará efectiva a partir del día inmediato posterior a la finalización de la misma, el listado de las reservas y compensaciones automáticas del personal de la dependencia, deberán ser elevadas en un solo oficio, detallando por separado, 1ero. el personal que reserva la totalidad de los días trabajados y luego los que compensarán automáticamente. Las compensaciones que no sean automáticas, deben remitirse, en oficio separado y respetando los cinco (5) días hábiles.

DÉCIMO: Disponer que los AGENTES CONTRATADOS que hubieren suscripto los correspondientes instrumentos a partir del día 1º de Abril de 2022 en adelante, deberán continuar prestando servicios durante la Feria Judicial de Julio de 2022, sin derecho a la compensación que prevé el art. 293 del R.P.J., atento el escaso lapso que llevan desempeñándose en la Institución.

DÉCIMO PRIMERO: La Secretaría Administrativa y de Superintendencia, confeccionará la nómina del personal correspondiente al Superior Tribunal de Justicia.