El Colegio de Abogados de la provincia de Misiones pone en conocimiento los requisitos y arancel anual que deberán cumplimentar y abonar aquellos magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial que sean autorizados para litigar en causas propias.

La Comisión Directiva del Colegio de Abogados dispone que:

  • A partir del 1 de enero de 2023, los Funcionarios Judiciales que cuenten con autorización del STJ para ejercer en Causa Propia deberán abonar UN CANON ANUAL DE PAGO UNICO de autorización equivalente a la categoría de mayor antigüedad.
  • Los órganos administrativos del Colegio procedan a dar el alta previa acreditación del canon anual previsto en todos los casos. El pago anual no otorga carácter de colegiado a los funcionarios autorizados a dicho fin por lo que no podrán participar en los órganos previstos en los arts. 2 al 9 de la Ley I N 5, y arts. 7 a 24 y 29 del Estatuto del Colegio ni ejercer derechos electorales en razón de su carácter de Funcionarios Públicos.