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Ac. 9/11

MORGUE JUDICIAL

Reglamento

 

ACORDADA NUMERO NUEVE: En la ciudad de Posadas, Capital de la Provincia de Misiones, a los dos días del mes de marzo de dos mil once, se reúnen en el Salón de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, en el Edificio de Tribunales, sito en Avda. Santa Catalina 1735 de esta ciudad, S.S. el señor Presidente Dr. Roberto Rubén Uset y Ss. Ss. los Sres. Ministros Dres. Ramona Beatriz Velázquez, Sergio César Santiago, Froilan Zarza, María Laura Niveyro, Manuel Augusto Márquez Palacios y Humberto Augusto Schiavoni. Se deja constancia que no se encuentra presente, S.S. el Sr. Ministro Dr. Jorge Antonio Rojas autorizado por Presidencia a concurrir a la “Conferencia Inaugural del año judicial 2011” en la Provincia de Córdoba, (02 al 05/03/2011) y S.S. la Sra. Ministro Dra. Cristina Irene Leiva, por razones de fuerza mayor. Pasando a considerar el expediente administrativo número doscientos sesenta y seis-C-dos mil ocho “Cuerpo Medico Forense s/ Propone medidas para funcionamiento dependencias”. Visto estas actuaciones, que han sido motivo de estudio, en uso de la palabra S. S. Sra. Ministro Dr. Ramona B. Velázquez dijo: Vienen las presentes actuaciones a estudio de este Alto Tribunal, en virtud de la presentación efectuada por el plantel del Cuerpo de Médico Forense, en relación al Proyecto de Acordada que regula la actividad del Departamento Forense de Morgue, solicitando un mejor funcionamiento de las dependencias en cuestión, pretendiendo conseguir un servicio público eficaz que sirva a las nuevas necesidades que hoy en día se presentan en el ámbito pericial, ya que se ha incrementado el ingreso de cuerpos provenientes de Instituciones Asistenciales Públicas y Privadas a la Morgue Judicial. Atendiendo a este requerimiento, comparto en un todo el criterio de Reglamento expuesto por el plantel de profesionales, salvo lo solicitado por el Dr. Acosta por Oficio nº 3, fs. 31 de fecha 07 de enero de 2009- Expte. Nº 2007-C-2008 por el cual eleva proyecto de Reestructuración del Cuerpo Médico Forense, fs. 01 a 29, considerado inoportuna la afectación del Dr. José Luis Montoto Guerreiro, ya que el mencionado profesional tiene a su cargo el Centro de Mediación Judicial, Dependencia esencial para la solución de conflictos que favorece en forma inminente la labor judicial, que optimiza los recursos humanos disponibles mediante una mejor organización, asistencia técnica a los Juzgados, Tribunales, Fiscalías, como así también a Instituciones Públicas y Privadas. Así voto. Los Sres. Ministros Dres. Santiago, Zarza, Niveyro, Márquez Palacios, Schiavoni y Uset, adhieren al voto de la Sra. Ministro preopinante. En consecuencia, por unanimidad de los Señores Ministros presentes ACORDARON: PRIMERO: Aprobar el Reglamento que regula la actividad del Departamento Forense de Morgue, incorporándose al Reglamento para el Poder judicial, dictándose la Acordada correspondiente, que quedará redactada de la siguiente manera:

1º) DEL SERVICIO DE AUTOPSIAS MEDICO-LEGALES: Disponer que por cada Autopsia Médico-legal solicitada se abrirá un expediente administrativo interno del Cuerpo Médico Forense (C.M.F.), en el cual constarán todas las actividades y documentación asociadas. Las mismas se realizan por orden Judicial y se ocupa fundamentalmente de establecer causales y maneras de la muerte violenta, dudosa o sospechosa de criminalidad, además de otras circunstancias que rodean al hecho. Para ello se incorporaran en casos que así lo requieran, los estudios complementarios (Toxicológicos-Radiológicos-Entomológicos –Patológicos -Químicos y Genéticos, entre otros), involucrando por ende a diversas ciencias conexas y equipo de trabajo multidisciplinario, y Departamentos vinculados a la actividad. Ello conlleva ciertas cualidades en cuanto a su dinámica, debiendo la autopsia ser: Metódica, Sistemática, Ilustrada (Registro fotográfico o filmográfico) y Adecuada.

2º) DE LAS AUTOPSIAS-NIVELES DE COMPLEJIDAD: Teniendo presente a la necesidad de generación de un adecuado servicio que brinde respuesta inmediata a las requisitorias jurisdiccionales, siendo prioritario para ello disponer de Recursos Humanos y Estudios Forenses Complementarios, es que corresponde -teniendo presente la integración de Equipo de Trabajo interviniente-, clasificar las autopsias, en dos tipos:

2.a) De Alta Complejidad: son aquellas que requieran de elementos periciales accesorios como metodología operativa –Estudios Toxicológicos-Diagnostico por Imágenes o Radiológicos - Extracción de material para identificación (ADN) – Entomológicos - Histopatológicos - Análisis clínicos - etc. Así como también el auxilio de Ciencias complementarias de la Medicina Legal para optimizar los resultados (Interconsulta con Criminalística - Lugar del hecho - Otras pruebas periciales), que meriten una elaboración previa y posterior al Acto Necrópsico en sí.

2.b) De Baja Complejidad: son aquellas que en la evaluación previa no se observe elementos orientativos de alta complejidad como los ya citados. Consideradas, “De Rutina” o “Simples”, que en la práctica diaria se resolverían solamente con el auxilio del Equipo básico o esencial. En el supuesto de que en ciertas circunstancias particulares, a criterio del Médico Forense de Turno, una necropsia de “Baja Complejidad” tenga entidad como para pasar a transformarse en una de “Alta Complejidad”, en virtud de los hallazgos durante el desarrollo de la misma, éste convocará de inmediato al equipo de Alta Complejidad.

3º) DE LOS TURNOS, HORARIOS, BIOSEGURIDAD Y EQUIPOS DE TRABAJO:

3.a) Turnos: Se establecen turnos semanales para la realización de necropsias, que van de martes a lunes, ejercidos por los médicos forenses titulados dependientes del Departamento Forense de Morgue, subsidiariamente y por resolución fundada del Jefe del Cuerpo Médico Forense o el responsable del Departamento podrán incorporarse otros Médicos Forenses. Dicha limitación no es aplicable a la incorporación de médicos forenses de la Segunda, Tercera y Cuarta Circunscripción, dado el carácter subrogatorio y la experiencia en la realización de necropsias. Los médicos forenses que se incorporen al Departamento, asistirán a los más antiguos hasta que el responsable del Departamento Forense de Morgue autorice la realización de necropsias autónomamente. Por disposición interna, el responsable del Departamento Forense de Morgue, establecerá los titulares y subrogantes de los turnos semanales, en la misma deberá constar: Nombre y Apellido, documento de identidad, dirección, y número de teléfono de contacto, comunicada en forma previa mensualmente, al Señor Presidente del Superior Tribunal de Justicia. Asimismo, establecerá la integración y turnos del personal técnico auxiliar forense, integrado por: dos auxiliares forenses, Bioquímico Forense, y Técnico Radiólogo, para cada práctica que así lo requiera, quienes se rotarán.

3.b) Horarios: se establecen los siguientes horarios para la realización de necropsias, con los Médicos Forenses de Turno: 7,30 a 12 hs: para cuerpos que ingresaron con posterioridad a la hora 18,00 del día anterior. De 12,00 a 18,00: Si la urgencia de entrega lo amerita y la necropsia es de Baja Complejidad, la necropsia podrá efectuarse en este rango horario por disposición del Medico Forense en Turno quien deberá evaluarlo teniendo presente datos y antecedentes, información previa imprescindible y los recaudos necesarios para que la misma sea adecuada a los fines medicolegales. Si el cuerpo ingresa a la Morgue Judicial luego de las 18 horas, la autopsia se dispondrá para el día siguiente. Excepcionalmente, y por razones de urgencia el Jefe del Departamento Forense de Morgue, convocará al equipo forense de turno y requerirá la asistencia a los responsables de los Departamentos de las restantes Ciencias Forenses que integran las autopsias de Alta Complejidad y personal administrativo en cualquier horario. Al día siguiente informará al Jefe del Cuerpo Médico Forense los fundamentos de la medida. Solo se podrá demorar la práctica pericial, en caso de ausencia total de datos -Presunta implicancia de responsabilidad Profesional o Mala Praxis sin existencia de documental médica o Historia Clínica. El Médico Forense de Turno deberá comunicar inmediatamente al Magistrado interviniente y al Responsable del Departamento Forense de Morgue las circunstancias operativas que obstan a la actividad y de poder preverse, las posibles implicancias en la dilación.

3.c) Higiene y bioseguridad: El Médico Forense de Turno será responsable de verificar las condiciones de higiene y bioseguridad de todas las Salas de la Morgue Judicial una vez concluida la necropsia. Los residuos patológicos serán desechados en bolsas especiales de color rojo, para ser retirados por un servicio de recolección capacitado al efecto. Siempre deberá, tener presente las normativas de bioseguridad en cuanto a la manipulación de material biológico de riesgo.

4º) DEL TRÁMITE ADMINSITRATIVO:

4 .a) Inicio: Recibido en el Cuerpo Médico Forense el oficio donde se requiere la actividad del Servicio será remitido, al Departamento Forense de Morgue, que dará cumplimiento a la requisitoria -realizándose la autopsia médico legal, dentro del lapso máximo de 24 horas de recepcionado el oficio, que se podrá extender por causales debidamente justificadas que constarán circunstanciadamente en el informe final. Igual conducta se efectivizará en el supuesto de que se recepcione en la Morgue Judicial un cadáver sin la remisión del oficio correspondiente -por parte del Juez a cargo de la causa-, contándose el plazo de 24 horas desde la hora del acta de recepción debidamente rubricada por el personal policial. Al recepcionarse el cadáver, se verificará la existencial de toda información previa (informe del medico policial, en caso que existiere, documentación médica -historia clínica-, datos lugar del hecho, etc.), tratando en lo posible de disponer de dicha información insoslayables, a los efectos de incrementar los niveles de calidad en la tarea pericial. Siendo de fundamental importancia, en los casos en que corresponda, contar con información relativa al examen del sitio del hallazgo donde apareció el cadáver. De no existir deberá dejarse constancia en el informe final, siendo esta constancia parte esencial del mismo.

4. b) DEL INGRESO Y EGRESO DE CADÁVERES:

4. b.1) Acta de Recepción: En la sede de la Morgue Judicial se labrará el Acta de Recepción correspondiente al recibir el cadáver en la que deberá constar:

4. b.1.a) Los datos de la causa: Circunscripción, Juzgado, Número de Expediente, año, carátula, y número de oficio de la requisitoria, Datos Personales identificatorios del cadáver (Apellido y nombre-edad- Sexo, etc.) y lugar de procedencia (Posadas-Interior-etc.) hora y lugar del eventual hallazgo- Seccional Policial y Circunscripción Judicial correspondiente-si se conocieren.

4. b.1.b) Día, Mes, Año y hora de la recepción. Personal identificado debidamente que efectuó el traslado. Constatar con el personal portador si lleva bienes personales (Dinero-Reloj-alhajas-valores y/o documentos personales) de los que se dará cuenta detallada escrupulosamente, en el sobre en el que se reservarán -cerrado delante del transportador y rubricado por éste y el personal policial de la Morgue- y en el acta de recepción. Colocar membrete –tela adhesiva- en los tobillos o en alguna de las extremidades con Apellido -día y hora de recepción- y número de Acta de Recepción. El Acta de Recepción será rubricada por el personal que efectuó el traslado y el personal policial afectado a la Morgue Judicial. En observaciones se dejará constancia de circunstancias relevantes concernientes al hecho. El cadáver será, luego de identificado, depositado en la Cámara Refrigerante, de lo que se dejará constancia en el Acta de Recepción.

4. b.2) Acta de Entrega de Cadáver: En la sede de la Morgue Judicial el personal policial de la Morgue Judicial labrará el Acta de Entrega, en la que deberá constar:

4. b.2.a) Número de Acta de Entrega, fecha y hora de la Entrega, Número de Acta de Recepción, Datos Personales identificatorios del cadáver (Apellido y nombre-edad- Sexo, etc.), Datos completos de la/s personas que reciben el cadáver a saber: Nombre completo, tipo y número de documento que acredite la identidad (que será exhibido en el acto) y/o documentos que se presenten a los fines de identificar, sea Personal Policial o empresa fúnebre que efectuará el traslado. En observaciones se dejará constancia de circunstancias relevantes concernientes al estado general del cadáver si correspondiere.

4. b.2.b) En caso de que se entregue más de un cuerpo, deberá controlar la cantidad e identificación de cada uno de ellos, controlando sistemáticamente que la entrega se realice en forma adecuada y con la identificación del (o los) cuerpo/s correspondientes.

4. b.2.c) Constancia de entrega del Certificado de Defunción.

4.b) Conclusión: La tarea pericial concluye con el informe final en el que constará: 4.b.1) Circunscripción, Juzgado y Secretaría requirente. 4.b.2) Profesionales y técnicos auxiliares participantes, fecha y hora de iniciación y conclusión del proceso de necropsia. 4.b.3) Examen general del cuerpo; 4.b.4) Examen traumatológico; 4.b.5) Examen interno: describiendo los hallazgos de interés médico-legal, constancia de extracción de muestras y material indiciario con referencias identificatorias en las que constará en el rótulo: Número de Expediente administrativo interno del C.M.F. Fecha, y descripción del material contenido en el recipiente; 4.b.6) Copia del registro fotográfico y/o filmográfico; 4.b.7) Esquemas conclusiones y consideraciones medicolegales. 4.b.8) Expedir el Certificado de Defunción conforme la normativa vigente.

5º) DEL PROTOCOLO DE AUTOPSIA:

5.a) Introducción: Dejar constancia de la fecha, la hora de iniciación, de finalización y el lugar de la autopsia. El Médico Forense a cargo deberá coordinar las tareas de los participantes y dirigir la realización de la autopsia, autorizando la presencia del personal asistente al proceso. Dejar constancia de los datos personales del Médico Forense a cargo, otros Profesionales -Peritos y Auxiliares intervinientes, y todas las demás personas presentes durante la autopsia. Debe dejarse constancia del tiempo en que cada persona se encontró presente durante la autopsia.

5.b) Documentación: Es fundamental contar con documentación gráfica (fotografías, y/o filmaciones y/o gráficos) adecuadas para documentar detalladamente las conclusiones de la autopsia; Radiografiar el cadáver por áreas según lo disponga el Médico Forense interviniente; Documentar toda lesión del sistema óseo. Las radiografías del esqueleto pueden también dejar constancia de defectos anatómicos o intervenciones quirúrgicas. Comprobar especialmente fractura de los dedos de las manos y de los pies y de otros huesos de manos y pies. Las radiografías del esqueleto pueden ayudar también a identificar al occiso por sus características, calculando la edad y la estatura y determinando el sexo y la raza. Deben tomarse también radiografías de los sinus frontales, ya que pueden ser particularmente útiles a los efectos de la identificación; Tomar radiografías en casos de heridas con armas de fuego para ubicar el proyectil o proyectiles. Recuperar, fotografiar y guardar todo proyectil o fragmento importante de proyectil que se vea en una radiografía. También deben removerse, fotografiarse y guardarse todos los objetos opacos a la radiografía (marcapasos, coyunturas o válvulas artificiales, fragmentos de arma blanca, etc.); Las radiografías del esqueleto son obligatorias en los casos de niños para ayudar a determinar la edad y el estado de desarrollo;

5.c) Examen Preliminar: Antes de desvestir al cadáver, examinar el cadáver y las vestimentas. Fotografiar el cadáver vestido. Dejar constancia de los elementos que porta el occiso (alhajas-dinero, etc.) La vestimenta debe extraerse cuidadosamente y depositarse encima de una sábana o bolsa de cadáver limpia. Dejar que se seque la vestimenta si está ensangrentada o húmeda. Describir la vestimenta que se saque y ponerle una etiqueta permanente. Colocar las vestimentas bajo la custodia de una persona responsable o conservarlas, por cuanto pueden ser útiles como prueba o a los efectos de la identificación; Fotografiar los hallazgos de interés medico legal en las tomas radiológicas.

5.d) Examen Externo: El examen externo, centrado en la búsqueda de pruebas externas de lesiones, es, en la mayoría de los casos, la parte más importante de la autopsia; Fotografiar todas las superficies, 100% de la superficie del cadáver. Tomar fotografías en color, de buena calidad y enfocadas con iluminación adecuada; Describir y documentar los medios utilizados en la identificación. Examinar el cadáver y dejar constancia de la edad, estatura, peso, sexo, estilo y longitud del pelo de la cabeza, estado de nutrición, desarrollo muscular y color de la piel, ojos y pelo (de la cabeza, facial y corporal) aparentes del occiso; En el caso de niños, medir también la circunferencia de la cabeza, la longitud de la coronilla a las caderas y los talones; dejar constancia del grado, ubicación y fijación de la rigidez cadavérica; tomar nota del estado de preservación; tomar nota de todos los cambios de la descomposición, como los desplazamientos de la piel. Evaluar la condición general del cuerpo y tomar nota de la formación adipocira, gusanos, huevos o cualquier otro elemento que pueda sugerir el momento o el lugar de la muerte; dejar constancia del tamaño, la forma, el patrón, la ubicación (en relación con rasgos anatómicos obvios), el color, el curso, la dirección, la profundidad y la estructura de las lesiones. Tratar de distinguir entre las lesiones derivadas de medidas terapéuticas y las que no se relacionen con tratamiento médico. En la descripción de las heridas de proyectil, tomar nota de la presencia o ausencia de hollín, pólvora o quemadura. Si hay presentes residuos de disparo, documentarlo gráficamente y guardarlo para el análisis. Tratar de determinar si la herida de arma de fuego es de entrada o salida. Si hay una herida de entrada y no la hay de salida, debe hallarse el proyectil y guardarlo o dar cuenta de lo que ocurrió. Extraer muestras de tejido de la trayectoria de la herida para el examen microscópico. Unir las orillas de las heridas de arma blanca para evaluar el tamaño y las características de la hoja; Fotografiar las lesiones. Cuando sea necesario, afeitar el pelo para aclarar una lesión y tomar fotografías antes y después de lavar el lugar de las lesiones. Lavar el cadáver sólo después de haber recogido y guardado toda muestra o material que pudiera proceder de un agresor; Examinar la piel. Tomar nota de toda cicatriz, zona de formación queloide, tatuajes, zonas de pigmentación en aumento o disminución y todo aquello que sea distintivo o único, como las marcas de nacimiento. Tomar nota de toda contusión y hacer una incisión para delinear su extensión. Extraerlas para el examen microscópico. Deben revisarse la cabeza y la zona genital con especial cuidado. Tomar nota de toda muestra de inyección o de marca de pinchazo y extraerlas para utilizarlas a los fines de la evaluación toxicológica. Tomar nota de toda abrasión y extraerlas; pueden utilizarse secciones microscópicas para tratar de situar en el tiempo la lesión. Tomar nota de toda marca de mordedura; debe fotografiarse para dejar constancia de la formación dental, limpiar con pedazos de algodón para hacer muestras de saliva (antes de lavar el cadáver) y extraerlas para el examen microscópico. De ser posible, debe analizar las marcas de mordedura un odontólogo forense. Tomar nota de toda marca de quemadura y tratar de determinar la causa (goma quemada, cigarrillo, electricidad, soplete, ácido, aceite caliente, etc.). Extraer todas las superficies sospechosas para el examen microscópico, ya que tal vez sea posible distinguir en el microscopio entre quemaduras causadas por electricidad y las causadas por el calor; identificar y poner etiqueta a todo objeto extraño que se recupere, incluida su relación con heridas específicas. No raspar los costados o el extremo de los proyectiles. Fotografiar cada proyectil y cada fragmento grande de proyectiles. Examinar la cabeza y la parte externa del cuero cabelludo, teniendo presente que las heridas pueden estar ocultas por el pelo. Afeitar el pelo en caso necesario. Comprobar si hay pulgas y piojos, ya que estos pueden indicar condiciones insalubres antes de la muerte. Tomar nota de toda alopecia, ya que ésta puede haber sido provocada por la malnutrición, metales pesados (por ejemplo, talium), drogas o tracción. Examinar la dentadura y tomar nota de su condición. Dejar constancia de todas las piezas ausentes, sueltas o dañadas y dejar constancia de todo trabajo dental (restauraciones, tapaduras, etc.) utilizando un sistema de identificación dental para determinar cada pieza. Comprobar la presencia de enfermedad periodontal en las encías. Fotografiar la dentadura postiza, si la hay, y guardarla si se desconoce la identidad del occiso. En caso necesario, extraer la mandíbula y el maxilar para la identificación. Examinar el interior de la boca y tomar nota de toda evidencia de trauma, inyección, marcas de aguja o mordedura de los labios, las mejillas o la lengua. Tomar nota de todo artículo o substancia en la boca. En los casos en que se sospeche agresión sexual, conservar el fluido oral o restañar con algodón para evaluar la presencia de espermatozoides y fosfatasa ácida. (Las muestras tomadas en la juntura de la dentadura y las encías y las muestras de entre los dientes constituyen los mejores especímenes para identificar espermatozoides.) Tomar muestras también de la cavidad oral para determinar el tipo de fluido seminal. Secar las muestras rápidamente con aire frío, soplado si es posible, y conservarlas en sobre limpios de papel. Si la rigidez cadavérica impide un examen adecuado, deben cortarse los músculos maxilares para permitir una mejor exposición; Examinar la cara y tomar nota de si está cianótica o si hay petequia; Examinar los ojos y mirar la conjuntiva tanto del globo como de los párpados. Tomar nota de petequia en el párpado superior o inferior. Tomar nota de ictericia de la esclerótica. Guardar los lentes de contacto, si los hay. Examinar la nariz y las orejas y tomar nota de toda prueba de trauma, hemorragia u otra anormalidad. Examinar las membranas del tímpano; Examinar el cuello externamente en todos sus aspectos y tomar nota de toda contusión, abrasión o petequia. Describir y documentar las formas de las lesiones para diferenciar entre la estrangulación manual, por ligadura y por colgadura. Examinar el cuello al concluir la autopsia, cuando la sangre haya evacuado la zona y estén secos los tejidos; Examinar todas las superficies de las extremidades: brazos, antebrazos, muñecas, manos piernas y pies, y tomar nota de toda herida "de defensa". Diseccionar y describir todas las lesiones. Tomar nota de toda contusión alrededor de las muñecas y tobillos que puedan sugerir el uso de restricciones, como esposas o suspensión. Examinar las superficies media y lateral de los dedos, los antebrazos anteriores y la parte posterior de las rodillas en busca de contusiones; Tomar nota de toda uña quebrada o ausente. Guardar recortes de uña y de tejido de la parte inferior de las uñas (raspaduras de uña). Examinar los lechos de las uñas de manos y pies en busca de objetos empujados por debajo de las uñas. Pueden extraerse las uñas diseccionando los márgenes laterales y base próxima, e inspeccionar a continuación la superficie oculta por las uñas. Examinar detenidamente las plantas de los pies, tomando nota de toda muestra de golpes. Hacer incisiones en las plantas para delinear la extensión de toda lesión. Examinar las palmas y las rodillas, buscando especialmente restos de vidrios o laceraciones; Examinar la parte externa de los genitales y tomar nota de la presencia de todo objeto extraño o semen. Tomar nota del tamaño, la ubicación y el número de toda abrasión o contusión. Tomar nota de toda lesión en la parte interior de los muslos o en la zona perianal. Buscar quemaduras perianales; En caso de sospecharse agresión sexual, examinar todos los orificios potencialmente afectados. Recoger pelos extraños peinando los pelos púbicos. Aspirar fluido de la vagina y/o del recto en busca de fosfatasa acida, grupo sanguíneo y evaluación de espermatozoides. Tomar muestras de las mismas zonas para determinar el tipo del fluido seminal. Secar las muestras rápidamente con aire frío, soplado si es posible, y conservarla en sobres limpios de papel; En caso de ser necesario, deben hacerse incisiones sistemáticas a lo largo de la espalda, las nalgas y las extremidades, incluidas las muñecas y los tobillos, para buscar lesiones profundas. También deben hacerse incisiones en los hombros, los codos, las caderas y las coyunturas de las rodillas para buscar lesiones de los ligamentos;

5.e) Examen Interno: El examen interno para determinar la presencia de pruebas internas de lesiones debe aclarar y ampliar el examen externo; Ser sistemático en el examen interno. Realizar el examen ya sea por regiones o sistemas del cuerpo, incluidos los sistemas cardiovascular, respiratorio, biliar, gastrointestinal, retículoendotelial, genitourinario, endocrino, muscular y nervioso central. Dejar constancia del peso, el tamaño, la forma, el color y la consistencia de cada órgano, así como de toda neoplasia, inflamación, anomalía, hemorragia, isquemia, infarto, intervención quirúrgica o lesión. Si el caso lo requiere, tomar secciones de zonas normales y anormales de cada órgano para el examen microscópico. Tomar nota de toda anormalidad de la cavidad toráxica. Dejar constancia de toda fractura de costilla, tomando nota de si se intentó la resucitación cardiopulmonar. Antes de abrir, comprobar la presencia de neumotórax. Dejar constancia de grosor de la grasa subcutánea. Inmediatamente después de abrir el pecho, evaluar las cavidades pleurales y el saco del pericardio para detectar la presencia de sangre o de otro fluido y describir y cuantificar todo fluido presente. Guardar todo fluido presente hasta explicar la presencia de objetos extraños. Tomar nota de la presencia de embolismo gaseoso, caracterizado por sangre espumosa dentro de la aurícula y el ventrículo derecho. Trazar toda lesión antes de extraer los órganos. Si no hay sangre en otros sitios, tomar una muestra directamente del corazón. Examinar el corazón tomando nota del grado y la ubicación de enfermedad arterial coronaria o de otras anomalías. Examinar los pulmones, tomando nota de toda anomalía; Extraer, examinar y dejar constancia de la información cuantitativa acerca del hígado, bazo, páncreas, riñones y glándulas suprarrenales. Extraer el tracto gastrointestinal y examinar el contenido. Tomar nota de los alimentos presentes y de su grado de digestión. En caso de ser necesario, guardar el contenido del estómago. Examinar el recto y el ano para hallar quemaduras, laceraciones u otro tipo de lesiones. Ubicar y retener todos los objetos extraños presentes. Examinar la aorta, la vena cava inferior y los vasos ilíacos; Examinar los órganos de la pelvis, incluidos los ovarios, las trompas de Falopio, el útero, la vagina, los testes, la próstata, las vesículas seminales, la uretra y la vejiga. Trazar las lesiones antes de extraer los órganos. Extraer los órganos cuidadosamente a fin de no lesionarlos. Tomar nota de toda señal de embarazo anterior o actual, aborto o parto. Guardar todos los objetos extraños hallados en la cerviz, el útero, la vagina, la uretra o el recto; Palpar la cabeza y examinar las superficies externas e internas del cuero cabelludo, tomando nota de todo trauma o hemorragia. Tomar nota de toda fractura craneana. Extraer la bóveda del cráneo cuidadosamente y tomar nota de los hematomas epidurales y subdurales. Cuantificar los hematomas presentes. Extraer la dura a fin de examinar la superficie interna del cráneo para determinar la presencia de fracturas. Extraer el cerebro y tomar nota de toda anomalía. Diseccionar y describir todas las lesiones. Debe comentarse especialmente la atrofia de la corteza cerebral, ya sea focal o generalizada; Examinar el cuello una vez extraídos el corazón y el cerebro y después de haber drenado los vasos del cuello. Extraer los órganos del cuello, teniendo cuidado de no fracturar el hioides. Diseccionar y describir todas las lesiones. Examinar la mucosa de la laringe, sinus piriformes y esófago y tomar nota de petequia, edema o quemadura causadas por sustancia corrosivas. Tomar nota de todo artículo o sustancia que se encuentre en la lúmina de esas estructuras. Examinar la tiroides. Diseccionar los músculos del cuello, tomando nota de las hemorragias. Extraer todos los órganos, incluida la lengua. Diseccionar los músculos de los huesos y anotar toda fractura del hioides o de los cartílagos tiroides o cricoideos; Examinar la espina cervical, toráxica y lumbar. Examinar las vértebras desde sus aspectos anteriores y anotar toda fractura, dislocación, compresión o hemorragia. Examinar las vértebras. Puede obtenerse fluido cerebroespinal si es indicado hacer más evaluaciones toxicológicas; En los casos en que se sospeche que hay lesiones espinales, diseccionar y describir la médula espinal. Examinar la médula cervical anteriormente y tomar nota de toda hemorragia de los músculos paravertebrales. El examen posterior es mejor para evaluar las lesiones cervicales altas. Abrir el canal espinal y extraer la médula. Hacer cortes transversales cada 0,5 cm. y anotar toda anormalidad.

5.f) Muestras, identificación y resguardo: Una vez completada la autopsia dejar constancia de las muestras que se hayan guardado. Poner etiqueta a todas las muestras con Número de Expediente administrativo interno del C.M.F. Fecha, y descripción del material contenido en el recipiente con el nombre que se hayan guardado. Conservar cuidadosamente toda prueba y dejar constancia de la cadena de custodia con los formularios correspondientes de salida. Hacer todos los exámenes toxicológicos y guardar parte de las muestras examinadas para permitir su reexamen; Debe guardarse fluido oral, vaginal y rectal en los casos en que se sospeche agresión sexual: Si el caso lo requiere, deben procesarse histológicamente muestras representativas de los órganos presuntamente afectados. Entre las pruebas que deben guardarse figuran: Todo objeto extraño, incluidos los proyectiles, fragmentos de proyectiles, perdigones, cuchillos y fibras. Deben someterse los proyectiles a análisis balísticos; Todas las vestimentas y los efectos personales del occiso, que usaba o se hallaban en su posesión en el momento de su muerte. Las uñas y las raspaduras debajo de ellas; Pelos (ajenos y del pubis), en casos en que se sospeche agresión sexual; Pelos de la cabeza, en los casos en que sea discutible el lugar de la muerte o la ubicación del cadáver antes de ser descubierto. El informe escrito de la autopsia debe referirse a todos los asuntos que se destacan en el protocolo.

6º) DE LAS EXHUMACIONES: se le dará el trámite administrativo establecido en los Artículos 1) y 4.a) de la presente, debiendo en lo posible, el Juez Oficiante, fundamentar la motivación que abona la misma -puntos de pericia-, elementos medicolegales que se buscan, v. gcia. Proyectiles- fractura ósea antigua - tóxicos no biodegradables, material para identificación genética, etc.

6.a) Logística: Previo al acto de exhumación, deberá contarse con la asistencia de personal capacitado para traslado, desde y hacia el lugar de la exhumación, y la apertura del féretro con tapa metálica interna, en caso que existiere. La necropsia se desarrolla en el ámbito de la Morgue Judicial, evitándose la permanencia luego del proceso pericial dado la inexistencia de cámara conservante, teniendo presente los parámetros de bioseguridad que deben preservarse en el ámbito de la Morgue Judicial.

6.b) Informe pericial: Respecto de informe pericial se seguirán los parámetros establecidos en los Artículos 4.a) y 4.b), en lo pertinente.

6.c) Toma de Muestras: Respecto de la toma de muestras, en lo general, según los términos de lo establecido en el punto 5.f); en lo específico a muestras genéticas, se regirá por lo establecido en la Resolución de Presidencia Nº 2561/09, Artículo Tercero, en lo pertinente.

7º) Las disposiciones precedentes son válidas también para las Necropsias practicadas por los Médicos Forenses de la IIda. IIIra. y IVta. Circunscripción Judicial, debiendo el Responsable del Departamento Forense de Morgue, coordinar con los Médicos Forenses de las citadas Circunscripciones Judiciales su implementación, teniendo presente los Recursos Humanos y posibilidades de estudios complementarios. ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar sin efecto todo reglamento que se oponga a la presente. ARTÍCULO TERCERO: Ordenar se Registre, comunique a todas las dependencias de las Cuatro Circunscripciones Judiciales, se tome razón por Secretaría Administrativa y de Superintendencia, se dé al Cuerpo Médico Forense, se publique en el Boletín Oficial y oportunamente se archive. Con lo que se dio por finalizado el acto firmando los Señores Ministros por ante mí, Secretaria que DOY FÉ.

 

UFED - Dispositivo Universal de Extracción de Datos Forenses

Instalación en las dependencias de la Morgue de la 1ra Circunscripción Judicial.

 

ACUERDO STJ - 33/12

En Acuerdo del 23 de octubre de 2012 se ha resuelto lo siguiente, en autos caratulados “Expte. Adm. n° 1673-2011 “Procuración Gral s/ Laboratorios Regionales de Ciencias Forenses”. Vistos estos obrados, trámites cumplidos, en atención a la necesidad de la puesta en servicio del Laboratorio que se halla ubicado en la Morgue Judicial de esta ciudad, como asimismo la instalación de los equipos donados desde la Nación a través de la Procuración General, y lo relacionado al destino del Dispositivo Universal de Extracción de datos forenses denominado UFED, luego de un cambio de opiniones, se resuelve:

1º) Disponer la instalación de los mismos en las dependencias de la citada Morgue de la Primera Circunscripción Judicial, con intervención del Cuerpo Médico Forense.

2º) Disponer que el Dispositivo Universal de Extracción de Datos –UFED- estará a cargo y bajo la custodia de la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia, y será puesto a disposición de los Señores Jueces de Instrucción, ante el requerimiento fundado que amerite su utilización, quienes una vez cumplido con el cometido remitirán nuevamente a la Presidencia del S.T.J.

 

UFED - Dispositivo Universal de Extracción de Datos Forenses

Guarda y custodia del Juez de Instrucción Penal en turno de la 1ra Circunscripción Judicial

 

ACUERDO STJ - 8/13

En Acuerdo Nº 8 del 16 de abril del año en curso, en autos caratulados “Expte. Adm. Nº 1673-11 Procuración General s/ Laboratorios Regionales de Ciencias Forenses” el Alto Cuerpo ha resuelto:

1º) Disponer que el dispositivo universal de extracción de datos –UFED- quede bajo la guarda y custodia del Juez de Instrucción en lo Penal en turno de la Primera Circunscripción Judicial y será puesto a disposición que lo requiere fundando el motivo que amerite su utilización, quien una vez cumplido con el contenido remitirán nuevamente al Magistrado que haya autorizado su utilización.

2º) Comuníquese a los señores jueces de Instrucción de todas las circunscripciones judiciales de la Provincia, quienes también deberán solicitar el uso del dispositivo mediante el dictado de una resolución que amerite su utilización, dirigido al Juez de Instrucción que lo tenga por razón de turno bajo su guarda y custodia.

3º) Cumpliméntese lo dispuesto precedentemente a partir del día 2 mayo del corriente año.

 

UFED - Dispositivo Universal de Extracción de Datos Forenses

Equipamiento, capacitación, etc.

 

ACUERDO STJ - 12/13

en Acuerdo del 14 de mayo de 2013 en autos caratulados Expte. Adm. n° 1673-2011 “Procuración General s/ Laboratorios Regionales de Ciencias Forenses. Visto y considerando estas actuaciones, atento lo informado por el Sr. Procurador General a fs. 197 y vta. en virtud a lo solicitado por el Alto Cuerpo en Acuerdo del 23 de abril del corriente año (constancia Actuarial fs. 195), con la remisión del oficio nº 489/13, del Señor Jefe del Cuerpo Médico Forense, Dr. Manuel J.M. Acosta con detalle de listado en orden prioritario de los elementos para el equipamiento del laboratorio de la Morgue Judicial fs. 201/202, presentación del Señor Secretario General de Acceso a la Justicia y Derechos Humanos de la Procuración General, obrante a fs. 212/214 de autos, luego de un cambio de opiniones, se resuelve:

1º) Solicitar en relación a la respuesta del Sr. Procurador General que por las áreas que corresponden – Cuerpo Médico Forense y Secretaría de Apoyos para Investigaciones Complejas (SAIC)– se confeccione un nuevo listado en orden de prioridades para la adquisición de los elementos (instrumental y accesorios de laboratorio) necesarios, en el marco del Proyecto del Convenio de Cooperación para la Creación e Implementación de Laboratorios Regionales de Investigación Forense”.

2º) En relación a lo solicitado por el Sr. Secretario General de Acceso a la Justicia y Derechos Humanos Dr. Carlos Fabián Oudín, tomar debido conocimiento de lo informado respecto a las mejoras que deben considerarse para el buen funcionamiento del Dispositivo Universal de Extracción de Datos (UFED).

3º) Autorizar al citado Funcionario a gestionar los trámites pertinentes tendientes a la realización del curso intensivo con la empresa Security Network S.A. en la ciudad de Buenos Aires, y fijar fecha al efecto, debiendo designarse un agente por cada Circunscripción Judicial a fin de que asista a la capacitación de que se trata.

4º) Facultar a S.S. la Sra. Presidente a designar oportunamente a los agentes que asistirán al curso de capacitación y todo otro trámite que al respecto surjan.

5º) Remitir los autos al Sr. Procurador General a los fines dispuesto en el punto 1º) resolutivo; efectúense las comunicaciones y resérvese.

 

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