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CAPITULO VIII

 

Secretarías de los Juzgados

125) Los Secretarios de los Juzgados desempeñarán las funciones que por ley corresponden y además las auxiliares compatibles con su cargo que les confíe el Magistrado.

Ac. 135/82 y Ac. 21/83. Reglamentan funcionamiento de las Secretarías (Apéndice)

Ac. Cám. 18/86. Expedientes: Costura. Refoliatura. Agregación de Pruebas. Informe Actuarial de pruebas. Desglose (Apéndice)

Ac. Cám. 8/89. Denuncia de anterior radicación en Sala (Apéndice)

Ac. Cám. 6/91. Informe Actuarial de 1ª Instancia previo a la elevación a Alzada (Apéndice)

Ley 4314. Crea 3 Secretarías de Ejecuciones Tributarias en los Juzgados Civiles Nº 1, Nº 4 y Nº 8 de la Primera Circunscripción Judicial. La Ley IV–Nº 62 dispone el pase de la secretaría de ejecución del Juzgado Civil Nº 1 al Nº 7 (Apéndice)

Ac. 109/06. Reglamenta la aplicación de la Ley 4314. Pone en funcionamiento la Secretaría de Ejecución Fiscal del J.C. Nº 1 (Apéndice)

Acdo. del 12/3/08. Pone en funcionamiento la Secretaría de Ejecución Fiscal del J.C. Nº 8 (Apéndice)

Ac. 55/08. Secretarías Juzgados de Paz. Certificación de Firmas y Fotocopias. Amplía Art. 5º Ac. 135/82. (Apéndice)

Res. 919/09. Pone en funcionamiento la Secretaría de Ejecución Fiscal del J.C. Nº 4 (Apéndice)

 

Turnos a los fines administrativos

126) A los fines de orden administrativo del Juzgado, se llevará un libro especial de Entradas y Salidas, y cada titular de Secretaría estará de turno durante quince días de cada mes.

 

Libros

127) En cada Secretaría de Juzgado o Tribunal deberá llevarse los libros indicados en el art. 53 del presente Reglamento. Además en cada Secretaría del fuero Penal se llevará el Libro de Fianzas que establece el art. 311 del Código Procesal Penal aprobado por la Ley 2.677, en el que se anotarán aquellas por orden cronológico y sin dejar claros y un Libro de Detenidos con la filiación de los mismos, causas, fecha de detención, libertad o en su caso, pase a disposición de otro Juzgado.

 

Jefes de Personal

128) Los Secretarios de los Juzgados son los jefes directos del personal de sus respectivas Secretarías, sin perjuicio de la autoridad que sobre el mismo ejerce el Juez a cuyo cargo se hallare el Juzgado.-

 

Acto de presencia en las Subastas

129) A los efectos de la fiscalización del acto los Secretarios de los Juzgados deberán asistir a los remates judiciales que se dispusieran en los juicios en trámite en sus respectivas Secretarías debiendo suscribir el acta de remate y formular las observancias que estimaren pertinentes. El incumplimiento del Funcionario a dicha obligación se considerará falta grave. Si el Juzgado interviniente fuese de Primera Instancia y la subasta se efectuare dentro de la jurisdicción de un Juzgado de Paz de la respectiva circunscripción judicial, en el respectivo auto podrá disponerse que la referida fiscalización sea ejercida por el Juez o Secretario de dicho Juzgado de Paz.

Las subastas podrán efectuarse en las oficinas del martillero; sobre el mismo inmueble; en el lugar donde se encuentren depositados los bienes o donde el Magistrado respectivo lo considere más conveniente; debiendo en este último caso, expresarse en el auto correspondiente las razones de tal conveniencia.

Las partes interesadas deberán proveer de movilidad a dichos Funcionarios cuando la subasta se realizare fuera del radio del Juzgado.

 

-Subrogación de los Secretarios-

130) Los Secretarios del Juzgado se reemplazarán entre sí. En su defecto, la sustitución será ejercida por los Secretarios del Juzgado que corresponda, por subrogación legal, comenzando por el de igual numeración de la que es titular el reemplazado.

El reemplazo de los Secretarios, que no obedezcan a excusación se efectuará sin necesidad de dictarse resolución alguna en el respectivo expediente.-

El titular de la Secretaría de Ejecución Tributaria del Juzgado Civil y Comercial Nº 7 será subrogado en primer término por los Secretarios de dicho juzgado. Luego por el orden que a continuación se establece: la Secretaría de Ejecución Fiscal Tributaria Nº 7 subrogará a la de igual nombre Nº 4; la Secretaría de Ejecución Fiscal Tributaria Nº 4 subrogará a la de igual nombre Nº 8 y la Secretaría deEjecución Fiscal Tributaria Nº 8 subrogará a la de igual nombre Nº 7. (Ac. 239/14, pto. Quinto).

 Ac. 135/82 y Ac. 21/83. Reglamentan funcionamiento de las Secretarías (Apéndice).

Ac. 109/06. Subrogación de Secretarías de Ejecución Fiscal creadas por la Ley 4314. Pone en funcionamiento la Secretaría creada en el Juzgado Civil Nº 1 (Apéndice)

 

La Ley IV–Nº 62 dispone el pase de la secretaría de ejecución del Juzgado Civil Nº 1 al Nº 7  (Apéndice)

Acdo. del 12/3/08. Pone en funcionamiento la Secretaría creada en el Juzgado Civil Nº 8 (Apéndice)

Res. Presidencia 919/09. Pone en funcionamiento la Secretaría creada en el Juzgado Civil Nº 4 (Apéndice)

 

Ac. 239/14. pto. Quinto: Subrogación de Secretarios de Ejecución Fiscal. (Apéndice)

 

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