El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones comunica que, por Resolución Nº 257 de fecha 20 de marzo, establece recomendar a los señores Jueces de Paz de las distintas localidades y ciudades de la Provincia, el estricto cumplimiento de los dispuesto en el Artículo Primero de la Ley XIV – Nº 6, procediendo a dar trámite a las causas de Violencia que se les presentaren, incluso en ciudades donde existan Juzgados de Familia y Violencia Familiar: de conformidad a las reglamentaciones dispuestas por el Alto Cuerpo en Acuerdo Nº 17 de fecha 27 de junio de 2018.
Atento al Acuerdo Extraordinario Nº 2/2020 del Alto Cuerpo con fecha Lunes del 16 de marzo del corriente año en la que se establecen las medidas en el contexto de la emergencia sanitaria por la pandemia del virus COVID-19y haciendo referencia al punto Nº5 de la presente acordada: