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Ac. 10/75

DECOMISO DE ARMAS.

Modif. Ac. 17/73

 

ACORDADA NÚMERO DIEZ: En la Ciudad de Posadas, Capital de la Provincia de Misiones, República Argentina, a los nueve días de abril de mil novecientos setenta y cinco, se reúnen en el Salón de Acuerdos S.S. el señor Presidente del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, doctor Pedro Warenycia y Ss.Ss. los señores Ministros doctores Juan Carlos Davel, Roberto Dei Castelli, Magno Omar Pérez y Edmundo Luis Bianchi, a fin de considerar el expediente administrativo número cuatrocientos cincuenta y ocho – J – mil novecientos setenta y cuatro. JUEZ DE PAZ PUERTO ESPERANZA s/ INFORME PROCEDIMIENTO DECOMISO DE ARMAS”. Considerando: la necesidad de modificar la Acordada Nº 17/73 para adecuarla a la Ley Nacional Nº 20.429 de armas y explosivos. ACORDARON: PRIMERO: Modificar el párrafo segundo de la Acordada Nº 17/73 en los siguientes términos: las armas de toda índole que fueren decomisadas por los Jueces en lo Penal de Primera Instancia y por los Jueces de Paz por contravención al Código de Faltas serán remitidas a la Jefatura de Policía de la Provincia a los fines previstos por la Ley Nacional Nº 20.429 y Decreto Reglamentario Nº 395/75, dejándose constancia de sus características, marca, numeración y estado de conservación. SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, tómese nota por Secretaría Administrativa y de Superintendencia y oportunamente archívese. Con lo que se dio por terminado el acto, firmando los señores Ministros, por ante mí, Secretaria, que doy fe. Firmado: Pedro Warenycia, Presidente, Juan Carlos Davel. Dr. Roberto Dei Castelli, Magno Omar Pérez, Edmundo Luis Bianchi, María Luisa D. A. de Lojko. Secretaria.

 

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