El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones comunica que, por Resolución Nº 257 de fecha 20 de marzo, establece recomendar a los señores Jueces de Paz de las distintas localidades y ciudades de la Provincia, el estricto cumplimiento de los dispuesto en el Artículo Primero de la Ley XIV – Nº 6, procediendo a dar trámite a las causas de Violencia que se les presentaren, incluso en ciudades donde existan Juzgados de Familia y Violencia Familiar: de conformidad a las reglamentaciones dispuestas por el Alto Cuerpo en Acuerdo Nº 17 de fecha 27 de junio de 2018.
Atento al Acuerdo Extraordinario Nº 2/2020 del Alto Cuerpo con fecha Lunes del 16 de marzo del corriente año en la que se establecen las medidas en el contexto de la emergencia sanitaria por la pandemia del virus COVID-19y haciendo referencia al punto Nº5 de la presente acordada:
La Secretaría de Tecnología Informática -STI- del Poder Judicial de la Provincia de Misiones, y este último en su calidad de Autoridad de Registro de Firma Digital, INFORMAN que el EQUIPO DE FIRMA DIGITAL DE LA SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA -ONTI(Oficina Nacional de Tecnologías de la Información) HA RESUELTOy comunicado en el día de ayer, en consonancia con las medidas aprobadas por el Poder Ejecutivo Nacional, con la finalidad de prevenir y atemperar los efectos de la pandemia del coronavirus (COVID-19) y sus derivaciones,SUSPENDER, en principio, HASTA EL DÍA 31 DE MARZO DE 2020 LA APROBACIÓN DE CERTIFICADOS DE FIRMA DIGITAL,atento a que la normativa que regula la materia exige la presencia física de los solicitantes.