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FONDO DE JUSTICIA
Certificados de Deuda. Amplía pto. 3º Ac. 69/10 incorporando el lugar de pago.
ACORDADA NUMERO VEINTICUATRO: En la ciudad de Posadas, Capital de la Provincia de Misiones, a los un día del mes de abril de dos mil catorce, se reúnen en el Salón de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, en el Edificio de Tribunales, sito en Avda. Santa Catalina 1735 de esta ciudad, S.S. la Señora Presidente Dra. Ramona Beatriz Velázquez, Ss. Ss. los Sres. Ministros Dres. Froilán Zarza, María Laura Niveyro, Roberto Rubén Uset, Cristina Irene Leiva y Dr. Manuel Augusto Márquez Palacios. Se deja constancia que no se encuentra presente, S.S. el Sr. Ministro Dr. Jorge Antonio Rojas, en uso de licencia por art. 310 del R.P.J., S.S. el Sr. Ministro Dr. Sergio César Santiago, en Comisión de Servicios y el Dr. Humberto Augusto Schiavoni- en uso de licencia por art. 296 del R.P.J. Pasando a considerar el expediente administrativo número 2607-2011- “Dirección de Asuntos Jurídicos s/ eleva informe s/ ejecuciones fiscales” Vistos estos obrados, que han sido motivo de estudio, en uso de la palabra S.S. la Señora Ministra Dra. Cristina Irene Leiva dice: Vienen a estudio de la suscripta las presentes actuaciones administrativas conforme lo dispuesto en Acuerdo, a los efectos de resolver la solicitud de modificación de la Acordada 69/10 Anexo I, formulada por la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Superior Tribunal de Justicia; referente a la incorporación en la confección del “Certificado de Deuda por Tasa de Justicia”, del lugar de pago de dicho título ejecutivo, en “Avenida Santa Catalina Nº 1735, Dirección de Asuntos Jurídicos del Poder Judicial”, considero que teniendo en cuenta lo normado por la Ley XXII Nº 37 de Tasas y Aranceles Judiciales, en su art. 6, - Formas de Pago- inc. a) depósitos bancarios y boletas especiales al efecto; Art. 26 Cuenta Especial. “Fondo de Justicia”, y Acordada 130/05 corresponde que el domicilio de pago a consignar en el certificado de deuda, sea: “Calle Rivadavia Nº 2041, -Cuenta Especial Banco Macro: Poder Judicial de Misiones “Fondo de Justicia” –Nº 285-0001-300000000939/7-9; - Tesorería de la Dirección de Administración del Superior Tribunal de Justicia”. Así voto. Los Señores Ministros Dres. Manuel Augusto Márquez Palacios, Ramona Beatriz Velazquez, Froilán Zarza, María Laura Niveyro y Roberto Rubén Uset, adhieren al voto de la Señora Ministra preopinante. Por ello, atento a lo dispuesto por la Ley XXII nº 37 de Tasas y Aranceles Judiciales y en uso de facultades constitucionales, legales y reglamentarias vigentes propias del Cuerpo, por unanimidad de los señores Ministros presentes, ACORDARON: PRIMERO: Ampliar lo dispuesto en el punto TERCERO de la Acordada número Sesenta y nueve del diez de noviembre de dos mil diez y disponer que en el modelo de certificado de deuda del Anexo nº I que forma parte de la citada Acordada, se consigne como domicilio de pago: “Calle Rivadavia Nº 2041, -Cuenta Especial Banco Macro: Poder Judicial de Misiones “Fondo de Justicia” – Nº 285-0001-300000000939/7-9; - Tesorería de la Dirección de Administración del Superior Tribunal de Justicia”. SEGUNDO: La presente Acordada comenzará a regir a partir del 01 de abril del corriente año. TERCERO: Ordenar se registre, se tome nota por Secretaria Administrativa y de Superintendencia, efectúense las comunicaciones de rigor, oportunamente pasen los autos a la Dirección de Asuntos Jurídicos a sus efectos oportunamente archívese. Con lo que se dio por terminado el acto firmando los Señores Ministros por ante mí, Secretario que doy fe.-
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